Mapa del sitio Página anterior
Buscar
Página principal
 
  
 
DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO

Decreto 4818 de diciembre 14 de 2007


Las entidades calificadas como Grandes Contribuyentes obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio, deberán utilizar el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro del plazo previsto en el artículo 12 del presente Decreto.

Las demás entidades deberán utilizar el formulario que prescriba la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro de los plazos previstos en el artículo 13 del presente Decreto.

En ambos casos se omitirá el diligenciamiento de los datos relativos a la liquidación del impuesto y el anticipo.
     
     
     
      
      
     
    Ultima actualización: 12/18/2007

     
     
    © Derechos Reservados DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales 2006