102 | Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas |
Incluye: •La elaboración de vinos. •La elaboración de vinos espumosos. •La elaboración de vinos a partir de mosto concentrado de uva. •La elaboración de bebidas alcohólicas fermentadas pero no destiladas: sake, sidra, perada, aguamiel, guarapo, chicha, masato, sabajón y otros vinos de frutas y mezcla de bebidas que contienen alcohol. •La elaboración de vermut y bebidas similares. •La mezcla de vinos. • La elaboración de vinos de baja graduación o sin alcohol. • El embotellado y etiquetado de bebidas fermentadas no destiladas, siempre y cuando se realicen en la misma unidad de producción.
Excluye: * La elaboración de vinagre. Se incluye en la clase 1089, «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.». * El embotellado y etiquetado. Se incluye en la clase 8292, «Actividades de envase y empaque» (si se realiza a cambio de una retribución o por contrata). |
1311 | Preparación e hilatura de fibras textiles |
Incluye: •Las operaciones de preparación de las fibras textiles tales como: el devanado (enrollado) y lavado de seda, el desengrase y carbonización de lana y teñido de vellón, el cardado (suavizado) y peinado de todas las clases de fibras animales, vegetales (yute, fique, sisal, lino, algodón, ramio, cáñamo de manila, coco, entre otros) y fibras artificiales y sintéticas. • La hilatura y fabricación de hilados e hilos constituidos por distintos tipos de materiales textiles (incluso mezclas), para tejeduría y costura, para la venta al por menor o al por mayor, y para el procesamiento posterior (no integrada al proceso de obtención de fibras). •El texturizado, trenzado, retorcido, plegado, cableado y remojo de hilaturas de filamentos sintéticos o artificiales. •La fabricación de hilados de papel. • La fabricación de fibras a partir de hilachas, tanto si se realiza dentro de un proceso integrado de producción, como si se hace de forma exclusiva. •La fabricación de hilados a base de fibras discontinuas artificiales y sintéticas. •La fabricación de hilados a partir de filamentos, estopas, fibras discontinuas o hilos.
Excluye: * Las operaciones de preparación de fibras realizadas en combinación con su producción (agrícola o ganadera). Se incluyen en la clase apropiada de la división 01, «Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicio conexas», o en la división 02, «Silvicultura y extracción de madera». * El enriamiento de plantas que dan fibras textiles naturales como el yute, el fique, el lino, el bonote, entre otros. Se incluye en la clase 0115, «Cultivo de plantas textiles». * El desmote de algodón. Se incluye en la clase 0163, «Actividades posteriores a la cosecha». * La obtención de grasa de lana, como subproducto de la producción de lana de matadero. Se incluye en la clase 1011, «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos». * Las unidades en que se realizan conjuntamente operaciones de hilatura y tejeduría de textiles. Se incluyen en la clase 1312, «Tejeduría de productos textiles». * La fabricación de fibras y estopas sintéticas o artificiales. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales». * La fabricación de hilados a partir de fibras continuas o filamentos sintéticos o artificiales, incluso texturizados o no, retorcidos o cableados, incluidos los hilados de gran resistencia, siempre y cuando este proceso esté integrado a la producción de las fibras. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales». * La fabricación de fibras artificiales y sintéticas mediante procedimientos químicos. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales». * La fabricación de la fibra de vidrio. Se incluye en la clase 2310, «Fabricación de vidrio y productos de vidrio». * La hilatura de hilados de asbesto. Se incluye en la clase 2399, «Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.». |
1399
| Fabricación de otros artículos textiles n.c.p. |
Incluye: •Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles». • Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles. •La fabricación de accesorios textiles para automotores. •La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro). • La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados. • La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares. •La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos. •La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas. •La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas, pero no la principal materia prima constitutiva. • La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico. •La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas. •La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas. •La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas. •La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase. • La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil. •La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir. • La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.
Excluye: * La fabricación de sacos (bolsas) y talegos, para envases o empaques de cualquier material textil. Se incluye en la clase 1392, «Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir». * La fabricación de fieltro punzado para el cubrimiento de pisos. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». * La fabricación de guata de celulosa. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles, como los utilizados para fabricar tampones, toallas higiénicas y pañales desechables, elaborados principalmente con telas sin tejer o sin trama. Se incluyen en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón». * La fabricación de correas transportadoras y de transmisión, de tejidos y de hilados o hilos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con caucho, si el caucho es la principal materia prima. Se incluye en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.». * La fabricación de placas, planchas, láminas, cintas de caucho celular o de plástico celular, combinadas con material textil que se utiliza solo como material de refuerzo. Se incluyen en las clases 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho, n.c.p.», y 2221, «Fabricación de formas básicas de plástico», según sea el caso. * La fabricación de tela hecha con hilos metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.». |
1410 | Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel |
Incluye: • La confección de prendas de vestir. Los materiales pueden ser de todo tipo (excepto pieles finas a excepción de las utilizadas para fabricar sombreros y gorros) como telas, telas no tejidas, telas plastificadas, tejidos elásticos, encajes, cuero natural o artificial, materiales trenzables, entre otros. Estos materiales pueden estar bañados, impregnados o encauchados. En principio, el material se corta en piezas que luego se empalman mediante costura. •Se incluyen tanto las labores ordinarias de producción, como aquellas realizadas por contrata. • La confección de prendas de vestir sobre medidas y/o en serie. •La confección de prendas de vestir de cuero o cuero regenerado, incluido el cuero utilizado para la confección de accesorios de trabajo industriales tales como los protectores de cuero para soldar. • La confección de ropa de trabajo. • La confección de otras prendas de vestir y artículos en tejido de punto y ganchillo, cuando son fabricados con telas o hilados, de telas no tejidas, entre otros, para mujeres hombres y niños: abrigos, trajes, conjuntos, chaquetas, pantalones, faldas, entre otros. • La confección de ropa interior y ropa de dormir de telas tejidas, de punto y ganchillo, de encaje, entre otros, para hombres, mujeres y niños: camisas, camisetas, calzones, calzoncillos, pijamas, camisones, batas, blusas, combinaciones, sujetadores, entre otros. •La confección de ropa de bebé. •Las sudaderas, vestidos de baño, trajes para practicar deporte, trajes para esquiar, entre otros. • La fabricación de sombreros y gorros, incluso de piel. • La confección de otros accesorios de vestir, guantes, cinturones, chales, corbatas, corbatines, redecillas para el cabello, artículos de tocado de peletería (cuero), entre otros. • La confección de chalecos antibalas especiales para dama y para caballero. • La confección de tapabocas; fajas y corsés no ortésicos. • La fabricación de calzado de material textil sin aplicación de suelas. • La confección de partes de los productos mencionados. • La fabricación de prendas de vestir adornadas con piel.
Excluye: * La confección de prendas de vestir de piel (excepto artículos de tocado, tales como sombreros, gorros, entre otros). Se incluyen en la clase 1420, «fabricación de artículos de piel». * La manufactura de prendas en tejidos de punto y ganchillo directamente en su forma. Se incluye en la clase 1430, «Fabricación de artículos de punto y ganchillo». * La fabricación de calzado. Se incluye en el grupo 152, «Fabricación de calzado». * La fabricación de prendas de vestir de caucho o plástico cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura. Se incluyen en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.», y en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.», respectivamente. * La fabricación de guantes y gorros de cuero, cascos y demás accesorios para practicar deportes (rodilleras, musleras, entre otros). Se incluye en la clase 3230, «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte». * La fabricación de fajas, corsés y similares para fines ortésicos. Se incluye en la clase 3250, «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)». * La fabricación de cascos de seguridad. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.». * La confección de prendas de vestir y cubrecabezas de asbesto. Se incluyen en la clase 2399, «Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.». * El arreglo de prendas de vestir. Se incluye en la clase 9529, «Mantenimiento y reparación de otros efectos personales y enseres domésticos». * La fabricación de ropa ignífuga y otras prendas de protección que no sean de asbesto. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.». |
1523 | Fabricación de partes del calzado |
Incluye: • La fabricación de partes del calzado, tales como capelladas, punteras, contrafuertes, plantillas, suelas, tacones, tapas, etc., de cuero, madera, plástico, caucho, metal y material textil. |
1690 | Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería |
Incluye: •La fabricación de productos de madera no clasificados en otra parte tales como herramientas, monturas y mangos de cepillos, escobas, paraguas, bastones y similares, estatuillas y otros objetos ornamentales en madera, perchas para ropa, artículos de marquetería (ej.: marcos de madera para espejos y fotos) y taracea; baúles, joyeros, estuches para cubertería y artículos similares; utensilios de cocina y para uso doméstico, persianas venecianas, mobiliario del tipo aplique como percheros para ropa y sombreros, y para empotrar como armarios para cocina y bibliotecas, pero que no se consideran como muebles en pie. •La fabricación de hormas y tensores de madera para zapatos y botas. • La fabricación de tapas, canillas, bobinas, carretes y artículos similares de madera torneada utilizados para el enrollado de hilos y alambres. • La fabricación de otros artículos de madera no clasificados en otra parte. •La elaboración de corcho natural para obtener productos tales como corcho descortezado, toscamente escuadrado o en forma de bloques, hojas, planchas o tiras. Fabricación de corcho aglomerado. Fabricación de artículos de corcho natural o aglomerado tales como cubrimiento de pisos. • La fabricación de trenzas o artículos similares de materiales trenzables. Fabricación de productos similares unidos en ramales paralelos o tejidos entre sí en formas planas. • La fabricación de esteras, esterillas o persianas de materiales trenzables. • La fabricación de cestos, artículos de mimbre y otros artículos de materiales trenzables o con cintas, ramales o trenzas. • La elaboración de bastidores para lienzos de artistas. • La fabricación de bloques para la elaboración de pipas de cigarro y productos similares de madera. • La fabricación de herramientas mecánicas simples de medición elaboradas en madera. • La fabricación de troncos de chimenea hechos de madera prensada o de otros materiales prensados, como moleduras de café o de habas de soja.
Excluye: * La fabricación de esteras o esterillas de materias textiles. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». * La fabricación de calzado de madera. Se incluye en la clase 1522, «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel». * La fabricación de fósforos (cerillas). Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.». * La fabricación de maletas de madera. Se incluye en la clase 1513, «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales». * La fabricación de cajas para aparatos de relojería. Se incluye en la clase 2652, «Fabricación de relojes». * La fabricación de lámparas y accesorios para iluminación. Se incluye en la clase 2740, «Fabricación de equipos eléctricos de iluminación». * La fabricación de carretes y bobinas que forman parte de maquinaria textil. Se incluye en la clase 2826, «Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles, prendas de vestir y cueros». * La fabricación de muebles. Se incluye en la clase 3110, «Fabricación de muebles». * La fabricación de joyas de fantasía. Se incluye en la clase 3210 Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos. * La fabricación de juguetes de madera. Se incluye en la clase 3240, «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas». * La fabricación de cepillos y escobas. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.» * La fabricación de flotadores (salvavidas) de corcho. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.». * Las actividades de las marqueterías, que son establecimientos dedicados a la enmarcación de cuadros y otros. Se incluyen en la clase 4752, «Comercio al por menor de artículos de ferretería, pinturas y productos de vidrio en establecimientos especializados». * La fabricación de ataúdes. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.». |
1709 | Fabricación de otros artículos de papel y cartón |
Incluye: • La fabricación de papeles y cartones con presentación acondicionada para la venta al por menor y la fabricación de artículos de papel y cartón: fabricación de papel para imprimir y escribir listo para su uso, fabricación de papel para impresoras de computadores listo para su uso, fabricación de papel de autocopiado listo para su uso, fabricación de papel esténcil o para plantillas y papel carbón listos para su uso, etc. • La fabricación de sobres para correspondencia (sobres carta), aerogramas, esquelas o tarjetas postales no ilustradas. • La fabricación de cajas de sobres, carpetas y otros productos análogos (de papel y cartón) que contienen un surtido de artículos para correspondencia. • La fabricación de papel higiénico fraccionado, pañuelos, pañitos faciales, toallas, servilletas y otros artículos similares de papel, cartón o pasta moldeada, para uso doméstico, como por ejemplo, bandejas, platos y vasos. • La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles como los tampones y toallas higiénicas, pañales desechables y otros artículos similares. • La fabricación de otros artículos moldeados de papel, cartón o pasta de papel como cajas para empacar huevos, canillas de bobinas, carretes, tubos, conos (para el enrollamiento de hilados, textiles o alambres), tapas; papel y cartón de filtro; papel en rollos o en hojas cuadrangulares o circulares; papel de carta u otros papeles utilizados para escribir o para gráficos, cortados en distintos tamaños o formas, estampados o perforados para varios usos tales como los utilizados en los telares con mecanismos de jacquard; papel engomado o adhesivo, en hojas, cintas o rollos (cinta de enmascarar); etiquetas en blanco e impresas. • La fabricación de libros de registros, libros de contabilidad, cuadernos, cubiertas para libros, agendas para listas de teléfonos, álbumes, talonarios para facturas, recibos y similares, y demás artículos de papelería de uso educativo o comercial. • La fabricación de papel de colgadura y papeles similares para cubrir muros, incluyendo papel de colgadura de material textil y recubierto de vinilo, y papeles diáfanos para vidrieras. • La fabricación de papel de regalo. • La fabricación de artículos de fantasía de papel y cartón (confetis, serpentinas, artículos decorativos para tarjetas, sobres y regalos, y artículos similares).
Excluye: * La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir en materiales textiles. Se incluye en la clase 1399, «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.» * La fabricación de guata de celulosa y de otros materiales de fibras de celulosa, diferente de la guata de materiales textiles. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de papel o cartón en presentación no acondicionada para la venta al por menor, en rollos u hojas. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón». * La fabricación de artículos para envases, empaques y embalajes. Se incluye en la clase 1702, «Fabricación de papel y cartón ondulado (corrugado); fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón». * La impresión sobre los productos descritos en las inclusiones de esta clase, cuando la impresión corresponda a la actividad principal, o cuando la impresión no esté integrada con la fabricación de papel y cartón y productos de papel y cartón. Se incluye en la clase 1811, «Actividades de impresión». * La fabricación de placas fotográficas, películas, papeles y cartones sensibilizados para usos fotográficos y heliográficos. Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.». * La fabricación de papel de colgadura de material plástico. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.» * La fabricación de naipes y la fabricación de juegos y juguetes de papel y cartón. Se incluyen en la clase 3240, «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas». * La recuperación, separación y clasificación de papel y cartón, y de artículos de papel o cartón tales como carpetas, sobres, tubos, conos, formas continuas, entre otros productos. Se incluye en la clase 3830, «Recuperación de materiales». |
2021 | Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario |
Incluye:
• La preparación de insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, productos antigerminación de plantas y reguladores del crecimiento y demás productos agroquímicos n.c.p.
• La fabricación de desinfectantes para uso agropecuario.
• La fabricación de desinfectantes para el hogar, y la industria y para otros usos.
• La producción de insecticidas biológicos o bioinsecticidas, cultivos artificiales de microorganismos para mejoramiento de cultivos agrícolas.
Excluye:
* La fabricación de sustancias básicas químicamente definidas, utilizadas en la preparación de los productos característicos de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario. Se incluye en la clase 2011, «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».
* La fabricación de fertilizantes y abonos. Se incluye en la clase 2012, «Fabricación de abonos y compuestos inorgánicos nitrogenados». |
2219 | Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p. |
Incluye: • La fabricación de productos de caucho natural o sintético vulcanizado, sin vulcanizar o endurecido, caucho mezclado y caucho espumado o celular para procesos de transformación más complejos.
• La fabricación de formas básicas tales como planchas, láminas, varillas, tiras, barras, mangueras de caucho, perfiles y tubos, que son materia prima para la producción de diferentes artículos de caucho.
• La fabricación de productos de caucho acabados o semiacabados; productos de caucho endurecido, vulcanizado o sin vulcanizar; productos de caucho espumado o celular, productos fabricados total o parcialmente en caucho natural o sintético o en gomas parecidas al caucho, productos a base de caucho regenerado.
• La fabricación de mangueras, bandas transportadoras, correas, cintas de transmisión, artículos higiénicos y de farmacia, hilos, cuerdas de caucho, guantes, prendas de vestir, trajes isotérmicos y de buceo, cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura.
• La fabricación de cubiertas para rodillos.
* La fabricación de colchones de caucho inflables y globos inflables.
• La fabricación de grifos, llaves de paso, válvulas y artefactos similares de caucho vulcanizado no endurecido.
• La fabricación de arandelas, conectores y sellos de caucho.
• La fabricación de partes, piezas y accesorios de caucho para motores eléctricos y para todo tipo de aparatos eléctricos, electromecánicos o electrónicos.
• La fabricación de materiales para la reparación de productos de caucho (parches, etc.). • La fabricación de tejidos textiles impregnados, revestidos, recubiertos o laminados con caucho en los que este material es el componente principal.
• La fabricación de colchones de caucho para camas de agua.
• La fabricación de peines de caucho duro, rulos y cepillos de caucho, artículos sexuales, preservativos, chupos para biberón, bolsas de agua caliente, gorros de baño y delantales de caucho.
• El encauchado de hilados y tejidos.
Excluye: * La producción de caucho en plantaciones. Se incluye en la clase 0230 «Recolección de productos forestales diferentes a la madera».
* La fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes de fibras textiles, estén o no impregnados, revestidos, cubiertos o forrados con caucho o material plástico. Se incluye en la clase 1394 «Fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes».
* La fabricación de hilos de caucho revestido con materias textiles. Se incluye en la clase 1399 «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de tejidos con hilos manufacturados, para cuerdas de alta tenacidad para llantas. Se incluye en la clase 1399 «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de prendas de vestir de tejidos elásticos. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de artículos de vestuario en telas encauchadas cuyas piezas están unidas por costura. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de calzado de caucho. Se incluye en la clase 1522 «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto de cuero y piel».
* La fabricación de partes de calzado de caucho. Se incluye en la clase 1523 «Fabricación de partes de calzado».
* La obtención de caucho sintético en formas primarias (líquidos o pastas, bloques irregulares, trozos, grupos, polvos, grumos, copos y masas no coherentes similares). Se incluye en la clase 2014 «Fabricación de caucho sintético en formas primarias». * La fabricación de colas y adhesivos a base de caucho. Se incluye en la clase 2029 «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».
* La fabricación de perfiles de caucho vulcanizado para el reencauche de llantas. Se incluye en la clase 2211 «Fabricación de llantas y neumáticos de caucho».
* La fabricación de linóleo y recubrimientos duros para pisos. Se incluye en la clase 2229 «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de instrumentos científicos a partir de partes y piezas con componentes de caucho. Se incluye en la clase 2651 «Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control».
* La fabricación de aparatos para distribuir energía eléctrica, conmutar, aislar, proteger o conectar circuitos. Se incluye en la clase 2712 «Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica».
* La fabricación de balsas inflables. Se incluye en la clase 3011 «Construcción de barcos y de estructuras flotantes».
* La fabricación de embarcaciones de recreo inflables. Se incluye en la clase 3012 «Construcción de embarcaciones de recreo y deporte».
* La fabricación de colchones de caucho celular (espumado) no enfundado. Se incluye en la clase 3120 «Fabricación de colchones y somieres».
* La fabricación de accesorios deportivos, por ejemplo, pelotas de caucho. Se incluye en la clase 3230 «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte».
* La fabricación de juegos y juguetes de caucho. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* La fabricación de artículos para uso médico, dental o quirúrgico a partir de partes y piezas con componentes de caucho. Se incluye en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».
* La recuperación de productos de caucho como llantas usadas para obtener materias primas secundarias. Se incluye en la clase 3830 «Recuperación de materiales». |
2229
| Fabricación de artículos de plástico n.c.p. |
Incluye: •La fabricación de artículos para envase de mercancías tales como: bolsas, sacos, cajones, frascos, botellas, garrafones y similares de plástico.
• La fabricación de prendas de vestir de plástico cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura.
• La fabricación de artículos plásticos para la construcción tales como puertas, ventanas, marcos, postigos, persianas; cubrimientos plásticos para pisos, paredes y techos; artículos sanitarios, bañeras, duchas, lavabos, tazas de inodoro, cisternas de inodoros, artículos de fontanería, productos para el revestimiento de pisos, paredes en rollos, losetas plásticas (vinilo, linóleo, etc.), tanques y depósitos de plásticos.
• La fabricación de accesorios de material plástico para tuberías (juntas, codos, racores, etcétera).
• La fabricación de servicios de mesa, utensilios de cocina y artículos de tocador.
• La fabricación de otros artículos de plástico unidos por adhesión como tocados (gorros de baño de plástico), artículos de vestuario (ejemplo: gabardinas, abrigos, etc.); material escolar y de oficina; rollos u hojas de celofán; accesorios para muebles, estatuillas y otros artículos de plástico para la decoración.
• La fabricación de señales de plástico.
• La fabricación de colchones de material plástico para camas de agua.
• La fabricación de piedra artificial (por ejemplo: mármol artificial), artículos de tocado, cintas autoadhesivas, hormas para zapatos, boquillas de cigarros, peines, rulos de plástico, etc.
• Correas de transporte y de transmisión.
• La fabricación de papel de colgadura de material plástico.
• La fabricación de artículos a partir del plástico en cualquiera de sus formas básicas.
• La fabricación de artículos a base de plástico recuperado.
• Accesorios para aislamiento, piezas de lámparas y accesorios para alumbrado.
Excluye:
* La fabricación de artículos de vestuario en telas plásticas o telas plastificadas cuyas piezas se unan por costura. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de maletas, bolsos y artículos similares de plástico. Se incluye en la clase 1513 «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales».
* La fabricación de calzado de plástico. Se incluye en la clase 1522 «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel».
* La fabricación de partes calzado de plástico. Se incluye en la clase 1523 «Fabricación de partes de calzado».
* La fabricación de artículos trenzados o de cestería. Se incluye en la clase 1690 «Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería».
* La fabricación de plástico en formas primarias. Se incluye en la clase 2013 «Fabricación de plástico en formas primarias». * La fabricación de artículos de caucho sintético o natural. Se incluye en la clase 2219 «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.». * La fabricación de instrumentos científicos a partir de partes y piezas con componentes de plástico. Se incluye en la clase 2651 «Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control».
* La fabricación de dispositivos de cableado de plástico no conductores de corriente incluido cajas plásticas de conexiones, tapas para tomas e interruptores. Se incluye en la clase 2732 «Fabricación de dispositivos de cableado». * La fabricación de carrocerías de material plástico para vehículos automotores y otros vehículos. Se incluye en la clase 2920 «Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques».
* La fabricación de partes, piezas y accesorios de material plástico para vehículos automotores, y se incluye en la clase 2930 «Fabricación de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores».
* La fabricación de muebles enteros o parcialmente de material plástico. Se incluye, en la clase 3110 «Fabricación de muebles y en la clase 3120, «Fabricación de colchones y somieres».
* La fabricación de colchones de plástico celular (espumado) no enfundados. Se incluye en la clase 3120 «Fabricación de colchones y somieres». * La fabricación de accesorios deportivos en material plástico. Se incluye en la clase 3230 «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte».
* La fabricación de juegos y juguetes en material plástico. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* La fabricación de elementos ópticos de plástico. Se incluye en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)». * La fabricación de instrumentos y materiales médicos y dentales. Se incluyen en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».
* La fabricación de árboles de Navidad y sus adornos, excepto los adornos de vidrio y eléctricos. Se incluye en la clase 3290 «Otras industrias manufactureras n.c.p.».
* La fabricación de equipos de seguridad en plástico (ej. cascos). Se incluye en la clase 3290 «Otras industrias manufactureras n.c.p.». |
3091 | Fabricación de motocicletas |
Incluye: • La fabricación de motocicletas (incluso velomotores) y velocípedos con motor auxiliar, con o sin sidecar; motocicletas de reparto y de deporte.
• La fabricación de motores para motocicletas y la reconstrucción de los mismos.
• La fabricación de bicicletas de pedaleo asistido y patinetas eléctricas.
• La fabricación de sidecares, partes, piezas y accesorios de motocicletas. Excluye:
* La fabricación de artefactos eléctricos especiales de iluminación o señalización utilizados en motocicletas. Se incluye en la clase 2740, «Fabricación de equipos eléctricos de iluminación».
* La fabricación de aparatos y sus partes eléctricas para motocicletas. Se incluye en la clase 2790, «Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico n.c.p.».
* La fabricación de válvulas de entrada y de escape de motores de combustión interna para motocicletas. Se incluye en la clase 2811, «Fabricación de motores, turbinas, y partes para motores de combustión interna».
* La fabricación de bicicletas o de sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad. Se incluye en la clase 3092, «Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad». * El desmantelamiento y la chatarrización de motocicletas, velomotores y sidécares. Se incluye en la clase 3830, «Recuperación de materiales».
* El mantenimiento y la reparación de motocicletas. Se incluye en la clase 4540, «Comercio, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios». |
3092 | Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad |
Incluye: • La fabricación de bicicletas no motorizadas, a saber: velocípedos equipados con una o más ruedas, triciclos de reparto, bicicletas con sidecar, bicicletas biplaza (tándems), bicicletas de carrera o deportivas, y bicicletas para niños, excepto las bicicletas y triciclos en plástico y otros tipos de vehículos de rueda para niños.
• La fabricación de sillas de ruedas para personas con discapacidad, estén o no motorizadas y sean o no propulsadas por algún medio mecánico. • La fabricación de coches en los diferentes materiales para bebés.
• La fabricación de partes y piezas de bicicletas (incluso sillines) y de sillas de ruedas para personas con discapacidad.
Excluye: * La fabricación de velocípedos con motor auxiliar y de sidecares para bicicletas. Se incluye en la clase 3091 «Fabricación de motocicletas».
* La fabricación de bicicletas de pedaleo asistido y patinetas eléctricas. Se incluye en la clase 3091 «Fabricación de motocicletas».
* La fabricación de vehículos de ruedas para niños, incluyendo bicicletas y triciclos de plástico. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* El mantenimiento y la reparación de bicicletas y de sillones de ruedas para personas con discapacidad. Se incluye en la clase 9529 «Mantenimiento y reparación de otros efectos personales y enseres domésticos». |
3290
| Otras industrias manufactureras n.c.p. |
Incluye: • La fabricación de equipo de protección y de seguridad: • La fabricación de ropa resistente al fuego (ignífuga) y otras prendas de protección que no sean de asbesto. • La fabricación de cinturones de seguridad para instaladores y reparadores de líneas telefónicas y de electricidad y otros cinturones para uso industrial. • La fabricación de flotadores (salvavidas) de corcho. • La fabricación de cascos de plástico endurecido y otro equipo de seguridad personal de plástico. • La fabricación de trajes protectores para bomberos. • La fabricación de cascos de metal y otro equipo de seguridad personal de metal. • La fabricación de tapones para los oídos y la nariz (por ejemplo, para natación y para protección del ruido). • La fabricación de máscaras antigás que permiten respirar en medios viciados por el polvo, emanaciones tóxicas, humo y vapores. Se incluyen las de uso profesional, como aquellas diseñadas para protección en caso de guerra, siempre y cuando el aire respirable proceda directamente del exterior y pase por un órgano filtrante que absorbe los gases nocivos y retiene el polvo.
• La fabricación de escobas y cepillos (aspiradoras y otras máquinas con dispositivos rotatorios), incluidos cepillos que forman parte de máquinas, escobillas, barredoras, limpiones, traperos, plumeros mecánicos y manuales, brochas, almohadillas, rodillos para pintar, escurridores, mopas, escobillas de goma, entre otros.
• La fabricación de cepillos de dientes, cepillos para calzado y ropa, incluso kits de costura y arreglo de calcetería.
• La fabricación de plumines (puntas de bolígrafos), estilógrafos, rapidógrafos, bolígrafos, lápices, portaminas, minas para lápices, colores, crayones, tiza, marcadores con punta de fieltro y punta suave, sus partes y sus estuches, entre otros, sean o no mecánicos; incluso la fabricación de pinceles, rodillos y artículos similares.
• La fabricación de sellos para fechar (sellos de caucho, metálicos y de otros materiales), cerrar o numerar, aparatos manuales para imprimir y estampar membretes en relieve, y aparatos de impresión manual.
• La fabricación de cintas con tinta para máquinas de escribir, impresoras de computadora, cajas registradoras, entre otras, y almohadillas de tinta para sellos.
• La fabricación de globos terráqueos.
• La fabricación de paraguas, sombrillas de jardín o de playa y sus partes, bastones comunes y bastones con asiento (excepto los ortopédicos).
• La fabricación de botones (incluso sus moldes), broches de presión, botones de presión y cierres de cremallera que no sean de metales preciosos ni de piedras preciosas y semipreciosas.
• La fabricación de encendedores y mecheros mecánicos o no, eléctricos y/o químicos. • La fabricación de artículos de uso personal como pipas, vaporizadores de perfumes, termos y otros recipientes herméticos para uso personal o doméstico. Artículos confeccionados con cabello (pelucas, extensiones, barbas, cejas postizas, entre otros).
• La fabricación de velas, cirios y artículos similares; artículos de plumas o plumones.
• La fabricación de arreglos con flores artificiales como: ramos, coronas y canastas, y la fabricación de flores, frutas y plantas artificiales. • La fabricación de artículos de broma y de fantasía; cedazos y cribas manuales; maniquíes de sastre, ataúdes metálicos o de madera y otros artículos no clasificados en otra parte.
• Las actividades de taxidermia (disecado de animales). • La fabricación de caminadores y cunas portátiles o portabebés. • La fabricación de árboles de navidad artificiales y sus adornos (excepto adornos de vidrio y eléctricos). • La fabricación de distintivos de la Cruz Roja, bomberos, sindicatos e insignias militares metálicas, que no sean de metales preciosos ni de metales comunes revestidos con metales preciosos.
• La fabricación de artículos de fiestas y de carnavales como disfraces y accesorios, y otros artículos recreativos. Excluye:
* La fabricación de emblemas o insignias militares de metales preciosos o de metales comunes revestidos con metales preciosos. Se incluye en la clase 3210, «Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos».
* La fabricación de mechas para encendedores. Se incluye en la clase 1399, «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de ropa de trabajo y servicio (ej.: batas de laboratorio, overoles de trabajo, uniformes). Se incluye en la clase 1410, «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de látigos y fustas. Se incluye en la clase 1512, «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares elaborados en cuero, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería».
* La fabricación de artículos de papel. Se incluye en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón».
* La fabricación de fósforos. Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».
* La fabricación de linóleo y otros materiales duros para revestir pisos. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de artículos de plástico. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de carruseles (tiovivos), columpios, barracas de tiro al blanco y otros juegos de feria. Se incluye en la clase 2829, «Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso especial n.c.p.».
* La fabricación de coches en cualquier material para bebés. Se incluye en la clase 3092, «Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad».
* La fabricación de bastones ortopédicos. Se incluye en la clase 3250, «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)». |