Abecé Actividad Económica para la Industria

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Abecé sobre los cambios en la clasificación de actividades económicas en el RUT, relacionadas con la industria

A continuación, te vamos a explicar los aspectos generales que debes tener en cuenta como contribuyente, en las actividades industriales, para actualizar tu RUT a partir de las nuevas resoluciones sobre esta materia (Res. 00114 de diciembre 2020 y 005 de enero de 2021).

1. ¿En qué consiste el cambio en la clasificación de las actividades económicas? 

Como resultado de un proceso internacional de cambios en materia de clasificación de las actividades industriales, el DANE modificó el documento Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de todas las actividades económicas y de esta manera facilitó su aplicación por parte de los usuarios. 

2. ¿Cuáles actividades económicas cambiaron de nombre?

1104 Elaboración de bebidas no alcohólicas, producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas.

2512 Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal, excepto los utilizados para el envase o el transporte de mercancías.

3. ¿Cuáles actividades cambiaron en su nota explicativa?

1102 Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas

1311 Preparación e hilatura de fibras textiles

1399 Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.

1410 Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel

1523 Fabricación de partes del calzado

1690 Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería

1709 Fabricación de otros artículos de papel y cartón

2021 Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario

2219 Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.

2229 Fabricación de artículos de plástico n.c.p.

3091 Fabricación de motocicletas

3092 Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad

3290 Otras industrias manufactureras n.c.p. 

4. ¿Qué debes hacer si tu actividad cambió de nombre?

No te preocupes, no debes hacer nada.

5. ¿Qué debes hacer si tu actividad cambió en la nota explicativa?

Si en tu RUT, en las casillas 46, 48, 50 (hoja 1) o en la casilla 161 (hoja 6), tienes alguna de las actividades que cambiaron en la nota explicativa, debes revisarla y determinar si esta se ajusta a tu realidad económica actual para saber si tienes que cambiarla o la dejas como está.

Si concluyes que debes cambiar el código de tu actividad económica, actualiza tu RUT reemplazando la actividad anterior por la nueva. Para hacer esta actualización, tienes plazo hasta el 30 de junio de 2021 y puedes hacerlo por autogestión. 

6. ¿Cuáles actividades económicas tienen reclasificación?

Las siguientes son las actividades que fueron reclasificadas en su código y nombre: 

7. ¿Qué debes hacer si tu actividad fue reclasificada?

Si tu RUT en las casillas 46, 48, 50 (hoja 1) o en la casilla 161 (hoja 6), tiene alguna de las actividades que fueron reclasificadas, debes revisarla y determinar si esta se ajusta a tu realidad económica actual. 

Si concluyes que debes cambiar el código de tu actividad económica, actualiza tu RUT reemplazando la actividad anterior por la nueva. Para hacer esta actualización, tienes plazo hasta el 30 de junio de 2021 y puedes hacerlo por autogestión.  

Si quieres ver las actividades económicas con su descripción, mira el documento anexo.

Y si deseas consultar la resolución del DANE No. 0549 del 8 de mayo de 2020, pulsa aquí:  https://www.dane.gov.co/files/acerca/Normatividad/resoluciones/2020/Resolucion-0549-de-2020.pdf  

8. ¿Cómo puedes realizar la actualización de tu actividad económica en el RUT?

Puedes actualizar el RUT en línea. Entra a www.dian.gov.co, menú “Transaccional", opción “Usuario Registrado" y suministra los siguientes datos: a nombre de (Nombre Propio), tipo de documento, número de documento y contraseña. 

Puedes actualizar el RUT desde tu usuario si necesitas cambiar información en los siguientes campos: dirección, teléfono, correo electrónico, responsabilidades, actividades económicas, entre otros.

Si por problemas con tu contraseña, u otra razón, no logras hacer la actualización en línea, puedes solicitar una cita para este trámite a través de la página de la DIAN www.dian.gov.co, opción “Asignación de Citas". 

Si quieres tener claro el procedimiento para pedir con éxito tu cita de inscripción o actualización de RUT, haz clic sobre este enlace: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Infografia_Agendamiento_RUT_2020.pdf   

9. ¿Cómo puedes habilitar tu cuenta de usuario para acceder a los servicios en línea de la DIAN?

Cuando estés inscrito en el RUT, el paso siguiente es habilitar tu cuenta de usuario. Para esto, debes ingresar a la página de la DIAN www.dian.gov.co, menú “Transaccional", opción “Usuario Nuevo"

Este proceso requiere el ingreso del tipo, número y fecha de expedición de tu documento de identidad y establecer una contraseña para que inicies una sesión a través del botón “Usuario Registrado" y accedas a los servicios en línea de la DIAN.

10. ¿Qué es la Firma Electrónica?  

Es un conjunto de datos que permite firmar electrónicamente un documento. Así, el firmante queda identificado de manera inequívoca dentro de los servicios electrónicos de la DIAN. 

11. ¿Cómo puedes generar tu Firma Electrónica? 

Como ciudadano, puedes generar la Firma Electrónica en línea bien sea porque eres obligado virtual o porque quieres hacer tu declaración en línea para no salir de casa. Ingresa a la página de la DIAN www.dian.gov.co, menú “Transaccional" opción “Usuario Registrado"

Debes suministrar los siguientes datos: a nombre de (Nombre Propio), tipo de documento, número de documento y contraseña. Cuando ingreses a “Mis actividades", selecciona el botón “Generar Firma Electrónica". 

Para ver los pasos siguientes en el proceso de generar tu firma electrónica, haz clic aquí: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Infografia_Firma_2020.

Consulta aquí más información sobre la norma de la clasificación de actividades económicas.

ANEXO

Actividades económicas que cambiaron de nombre - Industria

1104

Elaboración de bebidas no alcohólicas, producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas.

Incluye:
• La elaboración de bebidas no alcohólicas, excepto cerveza sin alcohol y vino sin alcohol.
• La producción de aguas minerales naturales y otras aguas embotelladas.
• La elaboración de bebidas no alcohólicas aromatizadas y/o edulcoradas: gaseosas, bebidas a base de jugos de frutas, aguas tónicas, etcétera.
• La elaboración de helados aderezados con extractos artificiales de frutas, jarabes u otras sustancias similares.
• La elaboración de bebidas isotónicas (bebidas rehidratantes o bebidas deportivas) y energizantes.
• El embotellado y etiquetado de bebidas no alcohólicas, siempre y cuando se realicen en la misma unidad de producción.
• La producción de hielo, incluido hielo para elaboración de productos alimenticios y para otros fines (ej.: para refrigeración).
Excluye:
* La elaboración de jugos naturales de frutas u hortalizas. Se incluye en la clase 1020, «Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos».
* La elaboración de bebidas a base de leche. Se incluye en la clase 1040, «Elaboración de productos lácteos».
* La elaboración de productos de café. Se incluye en la clase 1063, «Otros derivados del café».
* La elaboración de productos a base de té o mate. Se incluye en la clase 1089, «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.».
* La producción de hielo seco. Se incluye en la clase 2011, «Fabricación de sustancias y productos quimicos básicos».
* El embotellado y etiquetado. Se incluye en la clase 8292, «Actividades de envase y empaque» (si se realiza a cambio de una retribución o por contrata).

2512

Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal, excepto los utilizados para el envase o el transporte de mercancías.

Incluye:
• La fabricación de recipientes de metal para gas comprimido o licuado, de cualquier capacidad. Algunos son de formas generalmente cilíndricas (tubos o botellas), resistentes, construidos para soportar presiones altas. Otros, constituidos por un depósito interior y una o varias capas envolventes entre las que se puede disponer un material aislante, hacer el vacío, tener reservado un espacio para un líquido criogénico (oxígeno líquido, nitrógeno líquido), para obtener un gran aislamiento térmico, están diseñados para ciertos gases licuados que se mantienen en general a presiones bajas.
• La fabricación de calderas y radiadores para calefacción central proyectada para producir al mismo tiempo agua caliente y vapor a baja presión (por debajo de las cinco libras). Comprende las que se utilizan, por ejemplo, para calefacción de las viviendas, fábricas, invernaderos, entre otros.
• La fabricación de tanques, cisternas o recipientes similares de metal utilizados habitualmente como equipo fijo para el almacenamiento o la producción de los establecimientos industriales. Pueden ser abiertos o cerrados, estar revestidos interiormente de ebonita, de plástico, o incluso, de un metal distinto del hierro, del acero o del aluminio.
• La fabricación de cubas y tanques sin accesorios térmicos y mecánicos. Esta clase

Excluye:
* La fabricación de cajas, cajones, barriles, toneles, barricas, cubas, tinas y artículos similares en madera del tipo habitualmente utilizado para el transporte o envase de productos. Se incluye en la clase 1640, «Fabricación de recipientes de madera».
* La fabricación de barriles, tambores, bidones, baldes, cajas y artículos similares en metal del tipo habitualmente utilizado para el transporte o envase de productos, incluidos los de gran tamaño. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.».
* La fabricación para los usos descritos anteriormente, de tanques, cisternas y contenedores metálicos similares provistos de dispositivos mecánicos o térmicos. Se incluye en la clase 2819, «Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso general n.c.p.».
* La fabricación de contenedores diseñados y equipados especialmente para su acarreo por uno o más medios de transporte. Se incluye en la clase 2920, «Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques».
* La fabricación de tanques y otros vehículos militares para combate y abastecimiento. Se incluye en la clase 3040, «Fabricación de vehículos militares de combate».
* El mantenimiento y reparación de tanques, depósitos y recipientes de metal, excepto los utilizados para el envase o transporte de mercancías. Se incluyen en la clase 3311, «Mantenimiento y reparación especializado de productos elaborados en metal».

Actividades que cambiaron en su nota explicativa – Industria

102

Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas

Incluye:

•La elaboración de vinos.

•La elaboración de vinos espumosos.

•La elaboración de vinos a partir de mosto concentrado de uva.

•La elaboración de bebidas alcohólicas fermentadas pero no destiladas: sake, sidra, perada, aguamiel, guarapo, chicha, masato, sabajón y otros vinos de frutas y mezcla de bebidas que contienen alcohol.

•La elaboración de vermut y bebidas similares.

•La mezcla de vinos.

• La elaboración de vinos de baja graduación o sin alcohol.

• El embotellado y etiquetado de bebidas fermentadas no destiladas, siempre y cuando se realicen en la misma unidad de producción.

Excluye:

* La elaboración de vinagre. Se incluye en la clase 1089, «Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.».

* El embotellado y etiquetado. Se incluye en la clase 8292, «Actividades de envase y empaque» (si se realiza a cambio de una retribución o por contrata).

1311

Preparación e hilatura de fibras textiles

Incluye:

•Las operaciones de preparación de las fibras textiles tales como: el devanado (enrollado) y lavado de seda, el desengrase y carbonización de lana y teñido de vellón, el cardado (suavizado) y peinado de todas las clases de fibras animales, vegetales (yute, fique, sisal, lino, algodón, ramio, cáñamo de manila, coco, entre otros) y fibras artificiales y sintéticas.

• La hilatura y fabricación de hilados e hilos constituidos por distintos tipos de materiales textiles (incluso mezclas), para tejeduría y costura, para la venta al por menor o al por mayor, y para el procesamiento posterior (no integrada al proceso de obtención de fibras).

•El texturizado, trenzado, retorcido, plegado, cableado y remojo de hilaturas de filamentos sintéticos o artificiales.

•La fabricación de hilados de papel.

• La fabricación de fibras a partir de hilachas, tanto si se realiza dentro de un proceso integrado de producción, como si se hace de forma exclusiva.

•La fabricación de hilados a base de fibras discontinuas artificiales y sintéticas. 

•La fabricación de hilados a partir de filamentos, estopas, fibras discontinuas o hilos.

Excluye:

* Las operaciones de preparación de fibras realizadas en combinación con su producción (agrícola o ganadera). Se incluyen en la clase apropiada de la división 01, «Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicio conexas», o en la división 02, «Silvicultura y extracción de madera».

* El enriamiento de plantas que dan fibras textiles naturales como el yute, el fique, el lino, el bonote, entre otros. Se incluye en la clase 0115, «Cultivo de plantas textiles».

* El desmote de algodón. Se incluye en la clase 0163, «Actividades posteriores a la cosecha».

* La obtención de grasa de lana, como subproducto de la producción de lana de matadero. Se incluye en la clase 1011, «Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos».

* Las unidades en que se realizan conjuntamente operaciones de hilatura y tejeduría de textiles. Se incluyen en la clase 1312, «Tejeduría de productos textiles».

* La fabricación de fibras y estopas sintéticas o artificiales. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales».

* La fabricación de hilados a partir de fibras continuas o filamentos sintéticos o artificiales, incluso texturizados o no, retorcidos o cableados, incluidos los hilados de gran resistencia, siempre y cuando este proceso esté integrado a la producción de las fibras. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales».

* La fabricación de fibras artificiales y sintéticas mediante procedimientos químicos. Se incluye en la clase 2030, «Fabricación de fibras sintéticas y artificiales».

* La fabricación de la fibra de vidrio. Se incluye en la clase 2310, «Fabricación de vidrio y productos de vidrio».

* La hilatura de hilados de asbesto. Se incluye en la clase 2399, «Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.».

1399

 

Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.

Incluye:

•Todas las actividades relacionadas con textiles o productos textiles, no especificadas en las divisiones 13, «Fabricación de productos textiles»; 14, «Confección de prendas de vestir», y 15, «Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles».

• Comprende la fabricación de artículos tales como: tejidos estrechos, incluso los de urdimbre sin trama, de hilos o de fibras paralelas sujetos por una sustancia adhesiva, los procesos de acabado integrados con la fabricación de tejidos estrechos y tejidos especiales. Marbetes, insignias, escudos, etiquetas y artículos similares no bordados de materias textiles.

•La fabricación de accesorios textiles para automotores.

•La fabricación de cinta tejido sensible a la presión (velcro).

• La fabricación de cordones para el calzado con los extremos rematados.

• La fabricación de artículos de pasamanería: trencillas, borlas, guantes, madroños y artículos similares.

•La fabricación de tules y otros tejidos de mallas anudadas, de encajes y bordados, en piezas, tiras y motivos decorativos.

•La fabricación de tejidos de red y del tipo que se utiliza para la confección de visillos de encaje tricotado en máquinas.

•La fabricación de fieltro, incluso fieltros impregnados, bañados, recubiertos o laminados, y otros textiles no tejidos, incluso aquellos en que el plástico o el caucho son las sustancias adhesivas, pero no la principal materia prima constitutiva.

• La fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con plástico.

•La fabricación de hilados metalizados e hilados entorchados; hilos y cuerdas de caucho revestidos de materias textiles; hilados y bandas textiles recubiertos; impregnados, bañados o forrados con caucho o materias plásticas.

•La fabricación de tejidos de hilados manufacturados de gran resistencia para cuerdas o lonas para llantas.

•La fabricación de otros tejidos tratados o bañados: papel tela; lienzos preparados para pintores, bocací y tejidos endurecidos similares, tejidos bañados con goma o sustancias amiláceas.

•La fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles a partir de tejidos de producción propia comprendidos en esta clase.

• La fabricación de aplicadores para cosméticos de material textil.

•La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir.

• La fabricación de artículos textiles diversos: mechas de materiales textiles, camisas para mecheros de gas incandescentes y tejidos tubulares para su fabricación, mangueras, correas transportadoras y de transmisión (estén o no reforzados con metal u otros materiales), y otros productos y artículos textiles para uso técnico, tales como la tela para tamices, tela de filtración, tejidos y fieltros utilizados en la fabricación de papel, y otros tejidos especiales como geotextiles.

Excluye:

* La fabricación de sacos (bolsas) y talegos, para envases o empaques de cualquier material textil. Se incluye en la clase 1392, «Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir».

* La fabricación de fieltro punzado para el cubrimiento de pisos. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos».

* La fabricación de guata de celulosa. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón».

* La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles, como los utilizados para fabricar tampones, toallas higiénicas y pañales desechables, elaborados principalmente con telas sin tejer o sin trama. Se incluyen en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón».

* La fabricación de correas transportadoras y de transmisión, de tejidos y de hilados o hilos impregnados, bañados, recubiertos o laminados con caucho, si el caucho es la principal materia prima. Se incluye en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.».

* La fabricación de placas, planchas, láminas, cintas de caucho celular o de plástico celular, combinadas con material textil que se utiliza solo como material de refuerzo. Se incluyen en las clases 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho, n.c.p.», y 2221, «Fabricación de formas básicas de plástico», según sea el caso.

* La fabricación de tela hecha con hilos metálicos. Se incluye en la clase 2599, «Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.».

1410

Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel

Incluye:

• La confección de prendas de vestir. Los materiales pueden ser de todo tipo (excepto pieles finas a excepción de las utilizadas para fabricar sombreros y gorros) como telas, telas no tejidas, telas plastificadas, tejidos elásticos, encajes, cuero natural o artificial, materiales trenzables, entre otros. Estos materiales pueden estar bañados, impregnados o encauchados. En principio, el material se corta en piezas que luego se empalman mediante costura.

•Se incluyen tanto las labores ordinarias de producción, como aquellas realizadas por contrata.

• La confección de prendas de vestir sobre medidas y/o en serie.

•La confección de prendas de vestir de cuero o cuero regenerado, incluido el cuero utilizado para la confección de accesorios de trabajo industriales tales como los protectores de cuero para soldar. 

• La confección de ropa de trabajo. 

• La confección de otras prendas de vestir y artículos en tejido de punto y ganchillo, cuando son fabricados con telas o hilados, de telas no tejidas, entre otros, para mujeres hombres y niños: abrigos, trajes, conjuntos, chaquetas, pantalones, faldas, entre otros. 

• La confección de ropa interior y ropa de dormir de telas tejidas, de punto y ganchillo, de encaje, entre otros, para hombres, mujeres y niños: camisas, camisetas, calzones, calzoncillos, pijamas, camisones, batas, blusas, combinaciones, sujetadores, entre otros. 

•La confección de ropa de bebé. 

•Las sudaderas, vestidos de baño, trajes para practicar deporte, trajes para esquiar, entre otros. 

• La fabricación de sombreros y gorros, incluso de piel. 

• La confección de otros accesorios de vestir, guantes, cinturones, chales, corbatas, corbatines, redecillas para el cabello, artículos de tocado de peletería (cuero), entre otros. 

• La confección de chalecos antibalas especiales para dama y para caballero. 

• La confección de tapabocas; fajas y corsés no ortésicos.

• La fabricación de calzado de material textil sin aplicación de suelas. 

• La confección de partes de los productos mencionados.

• La fabricación de prendas de vestir adornadas con piel. 

Excluye:

* La confección de prendas de vestir de piel (excepto artículos de tocado, tales como sombreros, gorros, entre otros). Se incluyen en la clase 1420, «fabricación de artículos de piel».

* La manufactura de prendas en tejidos de punto y ganchillo directamente en su forma. Se incluye en la clase 1430, «Fabricación de artículos de punto y ganchillo». 

* La fabricación de calzado. Se incluye en el grupo 152, «Fabricación de calzado». 

* La fabricación de prendas de vestir de caucho o plástico cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura. Se incluyen en la clase 2219, «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.», y en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.», respectivamente. 

* La fabricación de guantes y gorros de cuero, cascos y demás accesorios para practicar deportes (rodilleras, musleras, entre otros). Se incluye en la clase 3230, «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte». 

* La fabricación de fajas, corsés y similares para fines ortésicos. Se incluye en la clase 3250, «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)». 

* La fabricación de cascos de seguridad. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.».

* La confección de prendas de vestir y cubrecabezas de asbesto. Se incluyen en la clase 2399, «Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.». 

* El arreglo de prendas de vestir. Se incluye en la clase 9529, «Mantenimiento y reparación de otros efectos personales y enseres domésticos». 

* La fabricación de ropa ignífuga y otras prendas de protección que no sean de asbesto. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.».

1523

Fabricación de partes del calzado

Incluye:

• La fabricación de partes del calzado, tales como capelladas, punteras, contrafuertes, plantillas, suelas, tacones, tapas, etc., de cuero, madera, plástico, caucho, metal y material textil.

1690

Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería

Incluye: 

•La fabricación de productos de madera no clasificados en otra parte tales como herramientas, monturas y mangos de cepillos, escobas, paraguas, bastones y similares, estatuillas y otros objetos ornamentales en madera, perchas para ropa, artículos de marquetería (ej.: marcos de madera para espejos y fotos) y taracea; baúles, joyeros, estuches para cubertería y artículos similares; utensilios de cocina y para uso doméstico, persianas venecianas, mobiliario del tipo aplique como percheros para ropa y sombreros, y para empotrar como armarios para cocina y bibliotecas, pero que no se consideran como muebles en pie.  

•La fabricación de hormas y tensores de madera para zapatos y botas.  

• La fabricación de tapas, canillas, bobinas, carretes y artículos similares de madera torneada utilizados para el enrollado de hilos y alambres.  

• La fabricación de otros artículos de madera no clasificados en otra parte.  

•La elaboración de corcho natural para obtener productos tales como corcho descortezado, toscamente escuadrado o en forma de bloques, hojas, planchas o tiras. Fabricación de corcho aglomerado. Fabricación de artículos de corcho natural o aglomerado tales como cubrimiento de pisos.  

• La fabricación de trenzas o artículos similares de materiales trenzables. Fabricación de productos similares unidos en ramales paralelos o tejidos entre sí en formas planas.  

• La fabricación de esteras, esterillas o persianas de materiales trenzables.  

• La fabricación de cestos, artículos de mimbre y otros artículos de materiales trenzables o con cintas, ramales o trenzas.  

• La elaboración de bastidores para lienzos de artistas.  

• La fabricación de bloques para la elaboración de pipas de cigarro y productos similares de madera.  

• La fabricación de herramientas mecánicas simples de medición elaboradas en madera. 

• La fabricación de troncos de chimenea hechos de madera prensada o de otros materiales prensados, como moleduras de café o de habas de soja.  

Excluye: 

* La fabricación de esteras o esterillas de materias textiles. Se incluye en la clase 1393, «Fabricación de tapetes y alfombras para pisos». 

* La fabricación de calzado de madera. Se incluye en la clase 1522, «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel».  

* La fabricación de fósforos (cerillas). Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».  

* La fabricación de maletas de madera. Se incluye en la clase 1513, «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales».  

* La fabricación de cajas para aparatos de relojería. Se incluye en la clase 2652, «Fabricación de relojes».  

* La fabricación de lámparas y accesorios para iluminación. Se incluye en la clase 2740, «Fabricación de equipos eléctricos de iluminación». 

* La fabricación de carretes y bobinas que forman parte de maquinaria textil. Se incluye en la clase 2826, «Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles, prendas de vestir y cueros».  

* La fabricación de muebles. Se incluye en la clase 3110, «Fabricación de muebles».  

* La fabricación de joyas de fantasía. Se incluye en la clase 3210 Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos.  

* La fabricación de juguetes de madera. Se incluye en la clase 3240, «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».  

* La fabricación de cepillos y escobas. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.»  

* La fabricación de flotadores (salvavidas) de corcho. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.». 

* Las actividades de las marqueterías, que son establecimientos dedicados a la enmarcación de cuadros y otros. Se incluyen en la clase 4752, «Comercio al por menor de artículos de ferretería, pinturas y productos de vidrio en establecimientos especializados». 

* La fabricación de ataúdes. Se incluye en la clase 3290, «Otras industrias manufactureras n.c.p.».

1709

Fabricación de otros artículos de papel y cartón

Incluye: 

• La fabricación de papeles y cartones con presentación acondicionada para la venta al por menor y la fabricación de artículos de papel y cartón: fabricación de papel para imprimir y escribir listo para su uso, fabricación de papel para impresoras de computadores listo para su uso, fabricación de papel de autocopiado listo para su uso, fabricación de papel esténcil o para plantillas y papel carbón listos para su uso, etc.  

• La fabricación de sobres para correspondencia (sobres carta), aerogramas, esquelas o tarjetas postales no ilustradas.  

• La fabricación de cajas de sobres, carpetas y otros productos análogos (de papel y cartón) que contienen un surtido de artículos para correspondencia.  

• La fabricación de papel higiénico fraccionado, pañuelos, pañitos faciales, toallas, servilletas y otros artículos similares de papel, cartón o pasta moldeada, para uso doméstico, como por ejemplo, bandejas, platos y vasos. 

• La fabricación de guata de materiales textiles y los artículos de guata de materiales textiles como los tampones y toallas higiénicas, pañales desechables y otros artículos similares.  

• La fabricación de otros artículos moldeados de papel, cartón o pasta de papel como cajas para empacar huevos, canillas de bobinas, carretes, tubos, conos (para el enrollamiento de hilados, textiles o alambres), tapas; papel y cartón de filtro; papel en rollos o en hojas cuadrangulares o circulares; papel de carta u otros papeles utilizados para escribir o para gráficos, cortados en distintos tamaños o formas, estampados o perforados para varios usos tales como los utilizados en los telares con mecanismos de jacquard; papel engomado o adhesivo, en hojas, cintas o rollos (cinta de enmascarar); etiquetas en blanco e impresas.  

• La fabricación de libros de registros, libros de contabilidad, cuadernos, cubiertas para libros, agendas para listas de teléfonos, álbumes, talonarios para facturas, recibos y similares, y demás artículos de papelería de uso educativo o comercial.  

• La fabricación de papel de colgadura y papeles similares para cubrir muros, incluyendo papel de colgadura de material textil y recubierto de vinilo, y papeles diáfanos para vidrieras.  

• La fabricación de papel de regalo.  

• La fabricación de artículos de fantasía de papel y cartón (confetis, serpentinas, artículos decorativos para tarjetas, sobres y regalos, y artículos similares).  

Excluye: 

* La fabricación de guata utilizada en acolchados y prendas de vestir en materiales textiles. Se incluye en la clase 1399, «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.» 

* La fabricación de guata de celulosa y de otros materiales de fibras de celulosa, diferente de la guata de materiales textiles. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón».  

* La fabricación de papel o cartón en presentación no acondicionada para la venta al por menor, en rollos u hojas. Se incluye en la clase 1701, «Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón».  

* La fabricación de artículos para envases, empaques y embalajes. Se incluye en la clase 1702, «Fabricación de papel y cartón ondulado (corrugado); fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón».  

* La impresión sobre los productos descritos en las inclusiones de esta clase, cuando la impresión corresponda a la actividad principal, o cuando la impresión no esté integrada con la fabricación de papel y cartón y productos de papel y cartón. Se incluye en la clase 1811, «Actividades de impresión».  

* La fabricación de placas fotográficas, películas, papeles y cartones sensibilizados para usos fotográficos y  heliográficos. Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».  

* La fabricación de papel de colgadura de material plástico. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.»  

* La fabricación de naipes y la fabricación de juegos y juguetes de papel y cartón. Se incluyen en la clase 3240, «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas». 

* La recuperación, separación y clasificación de papel y cartón, y de artículos de papel o cartón tales como carpetas, sobres, tubos, conos, formas continuas, entre otros productos. Se incluye en la clase 3830, «Recuperación de materiales».

2021

Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario

Incluye: 
• La preparación de insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, productos antigerminación de plantas y reguladores del crecimiento y demás productos agroquímicos n.c.p.
• La fabricación de desinfectantes para uso agropecuario.
• La fabricación de desinfectantes para el hogar, y la industria y para otros usos.
• La producción de insecticidas biológicos o bioinsecticidas, cultivos artificiales de microorganismos para mejoramiento de cultivos agrícolas.  

Excluye:
* La fabricación de sustancias básicas químicamente definidas, utilizadas en la preparación de los productos característicos de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario. Se incluye en la clase 2011, «Fabricación de sustancias y productos químicos básicos».
* La fabricación de fertilizantes y abonos. Se incluye en la clase 2012, «Fabricación de abonos y compuestos inorgánicos nitrogenados».

2219

 

Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.

Incluye:
• La fabricación de productos de caucho natural o sintético vulcanizado, sin vulcanizar o endurecido, caucho mezclado y caucho espumado o celular para procesos de transformación más complejos.
• La fabricación de formas básicas tales como planchas, láminas, varillas, tiras, barras, mangueras de caucho, perfiles y tubos, que son materia prima para la producción de diferentes artículos de caucho.
• La fabricación de productos de caucho acabados o semiacabados; productos de caucho endurecido, vulcanizado o sin vulcanizar; productos de caucho espumado o celular, productos fabricados total o parcialmente en caucho natural o sintético o en gomas parecidas al caucho, productos a base de caucho regenerado.
• La fabricación de mangueras, bandas transportadoras, correas, cintas de transmisión, artículos higiénicos y de farmacia, hilos, cuerdas de caucho, guantes, prendas de vestir, trajes isotérmicos y de buceo, cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura.
• La fabricación de cubiertas para rodillos.
* La fabricación de colchones de caucho inflables y globos inflables.
• La fabricación de grifos, llaves de paso, válvulas y artefactos similares de caucho vulcanizado no endurecido.
• La fabricación de arandelas, conectores y sellos de caucho.
• La fabricación de partes, piezas y accesorios de caucho para motores eléctricos y para todo tipo de aparatos eléctricos, electromecánicos o electrónicos.
• La fabricación de materiales para la reparación de productos de caucho (parches, etc.).

• La fabricación de tejidos textiles impregnados, revestidos, recubiertos o laminados con caucho en los que este material es el componente principal.
• La fabricación de colchones de caucho para camas de agua.
• La fabricación de peines de caucho duro, rulos y cepillos de caucho, artículos sexuales, preservativos, chupos para biberón, bolsas de agua caliente, gorros de baño y delantales de caucho.
• El encauchado de hilados y tejidos.  

Excluye:
* La producción de caucho en plantaciones. Se incluye en la clase 0230 «Recolección de productos forestales diferentes a la madera».
* La fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes de fibras textiles, estén o no impregnados, revestidos, cubiertos o forrados con caucho o material plástico. Se incluye en la clase 1394 «Fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes».
* La fabricación de hilos de caucho revestido con materias textiles. Se incluye en la clase 1399 «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de tejidos con hilos manufacturados, para cuerdas de alta tenacidad para llantas. Se incluye en la clase 1399 «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de prendas de vestir de tejidos elásticos. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de artículos de vestuario en telas encauchadas cuyas piezas están unidas por costura. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de calzado de caucho. Se incluye en la clase 1522 «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto de cuero y piel».
* La fabricación de partes de calzado de caucho. Se incluye en la clase 1523 «Fabricación de partes de calzado».
* La obtención de caucho sintético en formas primarias (líquidos o pastas, bloques irregulares, trozos, grupos, polvos, grumos, copos y masas no coherentes similares). Se incluye en la clase 2014 «Fabricación de caucho sintético en formas primarias».

* La fabricación de colas y adhesivos a base de caucho. Se incluye en la clase 2029 «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».
* La fabricación de perfiles de caucho vulcanizado para el reencauche de llantas. Se incluye en la clase 2211 «Fabricación de llantas y neumáticos de caucho».
* La fabricación de linóleo y recubrimientos duros para pisos. Se incluye en la clase 2229 «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de instrumentos científicos a partir de partes y piezas con componentes de caucho. Se incluye en la clase 2651 «Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control».
* La fabricación de aparatos para distribuir energía eléctrica, conmutar, aislar, proteger o conectar circuitos. Se incluye en la clase 2712 «Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica».
* La fabricación de balsas inflables. Se incluye en la clase 3011 «Construcción de barcos y de estructuras flotantes».
* La fabricación de embarcaciones de recreo inflables. Se incluye en la clase 3012 «Construcción de embarcaciones de recreo y deporte».
* La fabricación de colchones de caucho celular (espumado) no enfundado. Se incluye en la clase 3120 «Fabricación de colchones y somieres».
* La fabricación de accesorios deportivos, por ejemplo, pelotas de caucho. Se incluye en la clase 3230 «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte».
* La fabricación de juegos y juguetes de caucho. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* La fabricación de artículos para uso médico, dental o quirúrgico a partir de partes y piezas con componentes de caucho. Se incluye en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».
* La recuperación de productos de caucho como llantas usadas para obtener materias primas secundarias. Se incluye en la clase 3830 «Recuperación de materiales».

2229

 

Fabricación de artículos de plástico n.c.p.

Incluye:

•La fabricación de artículos para envase de mercancías tales como: bolsas, sacos, cajones, frascos, botellas, garrafones y similares de plástico.
• La fabricación de prendas de vestir de plástico cuyas piezas se unen por adhesión y no por costura.
• La fabricación de artículos plásticos para la construcción tales como puertas, ventanas, marcos, postigos, persianas; cubrimientos plásticos para pisos, paredes y techos; artículos sanitarios, bañeras, duchas, lavabos, tazas de inodoro, cisternas de inodoros, artículos de fontanería, productos para el revestimiento de pisos, paredes en rollos, losetas plásticas (vinilo, linóleo, etc.), tanques y depósitos de plásticos.
• La fabricación de accesorios de material plástico para tuberías (juntas, codos, racores, etcétera).
• La fabricación de servicios de mesa, utensilios de cocina y artículos de tocador.
• La fabricación de otros artículos de plástico unidos por adhesión como tocados (gorros de baño de plástico), artículos de vestuario (ejemplo: gabardinas, abrigos, etc.); material escolar y de oficina; rollos u hojas de celofán; accesorios para muebles, estatuillas y otros artículos de plástico para la decoración.
• La fabricación de señales de plástico.
• La fabricación de colchones de material plástico para camas de agua.
• La fabricación de piedra artificial (por ejemplo: mármol artificial), artículos de tocado, cintas autoadhesivas, hormas para zapatos, boquillas de cigarros, peines, rulos de plástico, etc.
• Correas de transporte y de transmisión.
• La fabricación de papel de colgadura de material plástico.
• La fabricación de artículos a partir del plástico en cualquiera de sus formas básicas.
• La fabricación de artículos a base de plástico recuperado.
• Accesorios para aislamiento, piezas de lámparas y accesorios para alumbrado.

Excluye:
* La fabricación de artículos de vestuario en telas plásticas o telas plastificadas cuyas piezas se unan por costura. Se incluye en la clase 1410 «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de maletas, bolsos y artículos similares de plástico. Se incluye en la clase 1513 «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales».
* La fabricación de calzado de plástico. Se incluye en la clase 1522 «Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel».
* La fabricación de partes calzado de plástico. Se incluye en la clase 1523 «Fabricación de partes de calzado».
* La fabricación de artículos trenzados o de cestería. Se incluye en la clase 1690 «Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería».
* La fabricación de plástico en formas primarias. Se incluye en la clase 2013 «Fabricación de plástico en formas primarias».
* La fabricación de artículos de caucho sintético o natural. Se incluye en la clase 2219 «Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.».
* La fabricación de instrumentos científicos a partir de partes y piezas con componentes de plástico. Se incluye en la clase 2651 «Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control».
* La fabricación de dispositivos de cableado de plástico no conductores de corriente incluido cajas plásticas de conexiones, tapas para tomas e interruptores. Se incluye en la clase 2732 «Fabricación de dispositivos de cableado».
* La fabricación de carrocerías de material plástico para vehículos automotores y otros vehículos. Se incluye en la clase 2920 «Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques».
* La fabricación de partes, piezas y accesorios de material plástico para vehículos automotores, y se incluye en la clase 2930 «Fabricación de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores».
* La fabricación de muebles enteros o parcialmente de material plástico. Se incluye, en la clase 3110 «Fabricación de muebles y en la clase 3120, «Fabricación de colchones y somieres».
* La fabricación de colchones de plástico celular (espumado) no enfundados. Se incluye en la clase 3120 «Fabricación de colchones y somieres».
* La fabricación de accesorios deportivos en material plástico. Se incluye en la clase 3230 «Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte».
* La fabricación de juegos y juguetes en material plástico. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* La fabricación de elementos ópticos de plástico. Se incluye en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».

* La fabricación de instrumentos y materiales médicos y dentales. Se incluyen en la clase 3250 «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».
* La fabricación de árboles de Navidad y sus adornos, excepto los adornos de vidrio y eléctricos. Se incluye en la clase 3290 «Otras industrias manufactureras n.c.p.».
* La fabricación de equipos de seguridad en plástico (ej. cascos). Se incluye en la clase 3290 «Otras industrias manufactureras n.c.p.».

3091

Fabricación de motocicletas

Incluye:

• La fabricación de motocicletas (incluso velomotores) y velocípedos con motor auxiliar, con o sin sidecar; motocicletas de reparto y de deporte.
• La fabricación de motores para motocicletas y la reconstrucción de los mismos.
•  La fabricación de bicicletas de pedaleo asistido y patinetas eléctricas.
• La fabricación de sidecares, partes, piezas y accesorios de motocicletas.
Excluye:
* La fabricación de artefactos eléctricos especiales de iluminación o señalización utilizados en motocicletas. Se incluye en la clase 2740, «Fabricación de equipos eléctricos de iluminación».
* La fabricación de aparatos y sus partes eléctricas para motocicletas. Se incluye en la clase 2790, «Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico n.c.p.».
* La fabricación de válvulas de entrada y de escape de motores de combustión interna para motocicletas. Se incluye en la clase 2811, «Fabricación de motores, turbinas, y partes para motores de combustión interna».
* La fabricación de bicicletas o de sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad. Se incluye en la clase 3092, «Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad».  
* El desmantelamiento y la chatarrización de motocicletas, velomotores y sidécares. Se incluye en la clase 3830, «Recuperación de materiales».
* El mantenimiento y la reparación de motocicletas. Se incluye en la clase 4540, «Comercio, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios».

3092

Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad

Incluye:

• La fabricación de bicicletas no motorizadas, a saber: velocípedos equipados con una o más ruedas, triciclos de reparto, bicicletas con sidecar, bicicletas biplaza (tándems), bicicletas de carrera o deportivas, y bicicletas para niños, excepto las bicicletas y triciclos en plástico y otros tipos de vehículos de rueda para niños.
• La fabricación de sillas de ruedas para personas con discapacidad, estén o no motorizadas y sean o no propulsadas por algún medio mecánico.
• La fabricación de coches en los diferentes materiales para bebés.
• La fabricación de partes y piezas de bicicletas (incluso sillines) y de sillas de ruedas para personas con discapacidad.

Excluye:

* La fabricación de velocípedos con motor auxiliar y de sidecares para bicicletas. Se incluye en la clase 3091 «Fabricación de motocicletas».
* La fabricación de bicicletas de pedaleo asistido y patinetas eléctricas. Se incluye en la clase 3091 «Fabricación de motocicletas».
* La fabricación de vehículos de ruedas para niños, incluyendo bicicletas y triciclos de plástico. Se incluye en la clase 3240 «Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas».
* El mantenimiento y la reparación de bicicletas y de sillones de ruedas para personas con discapacidad. Se incluye en la clase 9529 «Mantenimiento y reparación de otros efectos personales y enseres domésticos».

3290

 

Otras industrias manufactureras n.c.p.

Incluye:

• La fabricación de equipo de protección y de seguridad:

• La fabricación de ropa resistente al fuego (ignífuga) y otras prendas de protección que no sean de asbesto.
• La fabricación de cinturones de seguridad para instaladores y reparadores de líneas telefónicas y de electricidad y otros cinturones para uso industrial.
• La fabricación de flotadores (salvavidas) de corcho.
• La fabricación de cascos de plástico endurecido y otro equipo de seguridad personal de plástico.

• La fabricación de trajes protectores para bomberos.
• La fabricación de cascos de metal y otro equipo de seguridad personal de metal.
• La fabricación de tapones para los oídos y la nariz (por ejemplo, para natación y para protección del ruido).
• La fabricación de máscaras antigás que permiten respirar en medios viciados por el polvo, emanaciones tóxicas, humo y vapores. Se incluyen las de uso profesional, como aquellas diseñadas para protección en caso de guerra, siempre y cuando el aire respirable proceda directamente del exterior y pase por un órgano filtrante que absorbe los gases nocivos y retiene el polvo.
• La fabricación de escobas y cepillos (aspiradoras y otras máquinas con dispositivos rotatorios), incluidos cepillos que forman parte de máquinas, escobillas, barredoras, limpiones, traperos, plumeros mecánicos y manuales, brochas, almohadillas, rodillos para pintar, escurridores, mopas, escobillas de goma, entre otros.
• La fabricación de cepillos de dientes, cepillos para calzado y ropa, incluso kits de costura y arreglo de calcetería.
• La fabricación de plumines (puntas de bolígrafos), estilógrafos, rapidógrafos, bolígrafos, lápices, portaminas, minas para lápices, colores, crayones, tiza, marcadores con punta de fieltro y punta suave, sus partes y sus estuches, entre otros, sean o no mecánicos; incluso la fabricación de pinceles, rodillos y artículos similares.
• La fabricación de sellos para fechar (sellos de caucho, metálicos y de otros materiales), cerrar o numerar, aparatos manuales para imprimir y estampar membretes en relieve, y aparatos de impresión manual.
• La fabricación de cintas con tinta para máquinas de escribir, impresoras de computadora, cajas registradoras, entre otras, y almohadillas de tinta para sellos.
• La fabricación de globos terráqueos.
• La fabricación de paraguas, sombrillas de jardín o de playa y sus partes, bastones comunes y bastones con asiento (excepto los ortopédicos).
• La fabricación de botones (incluso sus moldes), broches de presión, botones de presión y cierres de cremallera que no sean de metales preciosos ni de piedras preciosas y semipreciosas.
• La fabricación de encendedores y mecheros mecánicos o no, eléctricos y/o químicos.
• La fabricación de artículos de uso personal como pipas, vaporizadores de perfumes, termos y otros recipientes herméticos para uso personal o doméstico. Artículos confeccionados con cabello (pelucas, extensiones, barbas, cejas postizas, entre otros).
• La fabricación de velas, cirios y artículos similares; artículos de plumas o plumones.
• La fabricación de arreglos con flores artificiales como: ramos, coronas y canastas, y la fabricación de flores, frutas y plantas artificiales.  
• La fabricación de artículos de broma y de fantasía; cedazos y cribas manuales; maniquíes de sastre, ataúdes metálicos o de madera y otros artículos no clasificados en otra parte.
• Las actividades de taxidermia (disecado de animales).  
• La fabricación de caminadores y cunas portátiles o portabebés.  
• La fabricación de árboles de navidad artificiales y sus adornos (excepto adornos de vidrio y eléctricos).  
• La fabricación de distintivos de la Cruz Roja, bomberos, sindicatos e insignias militares metálicas, que no sean de metales preciosos ni de metales comunes revestidos con metales preciosos.
• La fabricación de artículos de fiestas y de carnavales como disfraces y accesorios, y otros artículos recreativos.
Excluye:
* La fabricación de emblemas o insignias militares de metales preciosos o de metales comunes revestidos con metales preciosos. Se incluye en la clase 3210, «Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos».
* La fabricación de mechas para encendedores. Se incluye en la clase 1399, «Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.».
* La fabricación de ropa de trabajo y servicio (ej.: batas de laboratorio, overoles de trabajo, uniformes). Se incluye en la clase 1410, «Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel».
* La fabricación de látigos y fustas. Se incluye en la clase 1512, «Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares elaborados en cuero, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería».
* La fabricación de artículos de papel. Se incluye en la clase 1709, «Fabricación de otros artículos de papel y cartón».
* La fabricación de fósforos. Se incluye en la clase 2029, «Fabricación de otros productos químicos n.c.p.».
* La fabricación de linóleo y otros materiales duros para revestir pisos. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de artículos de plástico. Se incluye en la clase 2229, «Fabricación de artículos de plástico n.c.p.».
* La fabricación de carruseles (tiovivos), columpios, barracas de tiro al blanco y otros juegos de feria. Se incluye en la clase 2829, «Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso especial n.c.p.».
* La fabricación de coches en cualquier material para bebés. Se incluye en la clase 3092, «Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad».
* La fabricación de bastones ortopédicos. Se incluye en la clase 3250, «Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario)».