OFRECIMIENTO DONACIONES BIENES ADJUDICADOS A LA NACIÓN
El Decreto 1625 de octubre de 2016 , Único reglamentario en materia tributaria, establece en el artículo 1.6.2.4.13 (Modificado. D.R. 2091/2017, art. 2º) la Administración y disposición de los bienes adjudicados a la Nación, así: "La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), podrá administrar y disponer directamente los bienes adjudicados a la Nación-Unidad Administrativa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante la venta, donación entre entidades públicas, destrucción y/o gestión de residuos o chatarrización."
El artículo 1.6.2.4.15 (Adicionado. D.R. 2091/2017, art. 2º.) del Decreto 1625 de octubre de 2016, Único reglamentario en materia tributaria, establece el procedimiento para la Donación de bienes a entidades estatales, así: "La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, podrá ofrecer en donación a entidades estatales los bienes cuya venta no haya sido posible por haberse declarado. desierto el proceso en dos (2) oportunidades, en el lugar y estado en que se encuentren, a través de un acto administrativo motivado que se deberá publicar en su página web."
El buzón electrónico para recibir las aceptaciones de la donación es: aceptaciones_donacion@dian.gov.co
Resoluciones de Ofrecimiento Donaciones