IMAS
¿En qué consiste el IMAS para empleados?
Es un sistema VOLUNTARIO de determinación
simplificada del impuesto sobre la renta y complementarios. Lo pueden aplicar
los empleados cuya renta gravable alternativa en el año sea inferior a 4.700 UVT
($129.180.000 año gravable 2014). A partir del año gravable de 2015 se disminuye
el monto de ingresos brutos para acceder al IMAS de 4.700 a 2.800 UVT y poseer
un patrimonio líquido para el año gravable a declarar, inferior a 12.000 UVT No
le aplican los factores de determinación del impuesto por el sistema ordinario.
En su lugar, grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de los
ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) de cualquier origen obtenidos en
el respectivo periodo gravable, únicamente los conceptos autorizados en el art.
332 E.T. Los empleados que puedan optar por este sistema de determinación de su
renta, NO están obligados a determinar su impuesto de renta por el sistema
ordinario, ni por el IMAN. El término de firmeza para estas declaraciones es de
seis meses a partir de su presentación, siempre y cuando cumpla con los
requisitos de:
- Presentación oportuna y en debida forma
- Pago dentro de los plazos señalados por el Gobierno Nacional.
- La administración no tenga prueba sumatoria sobre la ocurrencia de fraude.
El impuesto es el determinado en la tabla del art. 334 E.T. Los vencimientos
inician el 11 de agosto de acuerdo con los 2 últimos dígitos de su NIT.

¿Cómo se determina la base gravable para el IMAS - Empleados?

¿En qué consiste el IMAS para trabajadores por cuenta propia?
Es un sistema VOLUNTARIO de determinación simplificada del impuesto sobre la
renta y complementarios. Lo pueden aplicar los trabajadores por cuenta propia
que cumplan las siguientes condiciones:
- Que su renta gravable alternativa del año, resulte superior al rango mínimo
determinado para cada actividad (ver tabla del art.340 del E.T.) e inferior a
27.000 UVT ($742.095.000 anuales 2014).
- Que su patrimonio Líquido declarado en el período gravable anterior sea
inferior a 12.000 UVT ($322.092.000 año 2013).
No le aplican los factores de determinación del impuesto por el sistema
ordinario. En su lugar grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de
los ingresos ordinarios y extraordinarios (salvo las ganancias ocasionales)
obtenidos en el respectivo período gravable, las devoluciones rebajas y
descuentos y los demás conceptos autorizados en el art. 339. (Ver: ¿Cómo
determino la base gravable del IMAS para trabajadores por cuenta propia?). Los
trabajadores por cuenta propia que puedan optar por este sistema de
determinación de su renta, NO están obligados a determinar su impuesto de renta
por el sistema ordinario. El término de firmeza para estas declaraciones es de
seis meses a partir de su presentación, siempre y cuando cumpla con los
requisitos de:
- Presentación oportuna y en debida forma
- Pago dentro de los plazos señalados por el Gobierno Nacional.
- La administración no tenga prueba sumatoria sobre la ocurrencia de fraude.
Los trabajadores no obligados a llevar contabilidad deberán manejar un
sistema de registros en la forma que establezca la DIAN. Su incumplimiento dará
lugar a las sanciones del art. 655 E.T. El impuesto es el determinado en la
tabla del art. 340 E.T.
¿Cómo se determina la base gravable para el IMAS - Trabajadores por Cuenta propia?