Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN JUNIO DE 2024

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en junio.

Entre aquí para conocer todos los vencimientos de 2024.

 

 

Acordeón

Renta – Grandes contribuyentes

Entre el 13 y el 26 de junio, los grandes contribuyentes deben hacer el pago de la tercera cuota del impuesto sobre la renta y complementario.

Adicionalmente, en estas mismas fechas, las instituciones financieras, las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades comisionistas agropecuarias, las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros productos básicos (commodities) y los proveedores de infraestructura del mercado de valores que tengan la calidad de gran contribuyente, que en el año 2023 hayan tenido una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT ($ 5.089.440.000), deben pagar la segunda cuota de los puntos adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios. El plazo depende del último dígito Número de Identificación Tributaria (NIT).

Los grandes contribuyentes cuya actividad económica principal sea la generación de energía eléctrica a través de recursos hídricos, que en el año 2023 hayan tenido una renta gravable derivada de la generación de energía eléctrica igual o superior a 30.000 UVT ($ 1.272.360.000), deben pagar en estas mismas fechas la segunda cuota de los puntos adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios. El plazo depende del último dígito Número de Identificación Tributaria (NIT).

Retención en la fuente

Entre el 13 y el 26 de junio, todos los agentes de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementario deben presentar y pagar la declaración de Retención en la Fuente del mes de mayo de 2024. Cada fecha se asigna con el último dígito del NIT.

Declaración y pago anticipo bimestral del Régimen Simple de Tributación (RST)

Entre el 13 y el 26 de junio, los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deben presentar y pagar la declaración anticipada del bimestre marzo – abril de 2024. El cumplimiento de esta obligación debe hacerse en el formulario 2593 “Recibo electrónico del SIMPLE" y el plazo depende del último dígito del NIT.

Impuesto a la gasolina y ACPM

Hasta el 18 de junio, los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deben presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de mayo de 2024. El plazo es el mismo independientemente del último dígito del NIT.