ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN MARZO DE 2024
El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en marzo.
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Presencia económica significativa – PES
Hasta el 14 de marzo, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país que vendan bienes y, o presten servicios en Colombia, que opten por declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, tienen plazo de pagar el anticipo que corresponde a enero y febrero del Impuesto de Renta. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).
Impuesto sobre las Ventas (IVA)
Entre el 11 y el 22 de marzo, los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con ingresos brutos a 31 de diciembre de 2023 iguales o superiores a $3.901.904.000 deben presentar y pagar la declaración del bimestre enero - febrero de 2024. La fecha depende del último dígito del NIT.
Retención en la fuente
Entre el 11 y el 22 de marzo, todos los agentes de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar y pagar la declaración de Retención en la Fuente del mes de febrero 2024. Cada fecha se asigna con el último dígito del NIT.
Impuesto Nacional al Consumo
Entre el 11 y el 22 de marzo, todos los agentes de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar y pagar la declaración de Retención en la Fuente del mes de febrero 2024. Cada fecha se asigna con el último dígito del NIT.