Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN MARZO DE 2024

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en marzo. 

Ingrese aquí para conocer todos los vencimientos de 2024.

 Acordeón

 Presencia económica significativa – PES

Hasta el 14 de marzo, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país que vendan bienes y, o presten servicios en Colombia, que opten por declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, tienen plazo de pagar el anticipo que corresponde a enero y febrero del Impuesto de Renta. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT). 

 Impuesto sobre las Ventas (IVA)

Entre el 11 y el 22 de marzo, los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con ingresos brutos a 31 de diciembre de 2023 iguales o superiores a $3.901.904.000 deben presentar y pagar la declaración del bimestre enero - febrero de 2024. La fecha depende del último dígito del NIT. 

 Retención en la fuente

Entre el 11 y el 22 de marzo, todos los agentes de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar y pagar la declaración de Retención en la Fuente del mes de febrero 2024. Cada fecha se asigna con el último dígito del NIT.

 Impuesto Nacional al Consumo

Entre el 11 y el 22 de marzo, todos los agentes de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar y pagar la declaración de Retención en la Fuente del mes de febrero 2024. Cada fecha se asigna con el último dígito del NIT. 

 Impuesto a la Gasolina y ACPM

Hasta el 14 de marzo, los responsables del Impuesto nacional a la Gasolina y al ACPM deben presentar y pagar la declaración correspondiente a febrero de 2024. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT). 

 Impuesto al Carbono

Hasta el 14 de marzo, los responsables del Impuesto Nacional al Carbono deberán declarar y pagar el bimestre enero – febrero de 2024. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT). 

 IVA prestadores de servicios desde el exterior

Hasta el 14 de marzo, los prestadores de servicios desde el exterior deben presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre enero – febrero de 2024. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT). 

 Impuestos a las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados

Hasta el 14 de marzo, los responsables del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas deberán declarar y pagar el bimestre de enero – febrero de 2024. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).