En este blog te daremos las claves para que tramites estas solicitudes, sin ninguna complicación.
¿A dónde puedo enviar mi solicitud de facilidad de pago?
Las solicitudes de facilidad de pago deben ser allegadas a través del correo electrónico dispuesto por la Dirección Seccional a la cual pertenezca el deudor. Acá te damos la lista de buzones electrónicos para que escojas el que te corresponde. Encuentra la lista aquí.
¿Qué documentos debo allegar con la solicitud de Facilidad de Pago?
La solicitud de facilidad de pago deberá contener la siguiente información:
- Tipo de facilidad de pago solicitada (Art. 814 E.T. o de la Ley 2010 de 2019).
Plazo solicitado:
- Dirección y teléfono del solicitante y del tercero, garante, cuando haya lugar a ello.
A estos datos se les agregan los correos electrónicos para notificaciones.
Relación de los documentos soporte de la garantía ofrecida que se acompañan con firma del solicitante:
Aceptación y/o garantía o aval Bancario o Póliza de Compañía de Seguros:
- Dirección para notificaciones del Garante y el Tomador.
- Determinación clara del beneficiario: La UAE-DIAN, NIT y la Dirección Seccional que corresponda.
- Certificación expedida por la Superintendencia Financiera.
Hipoteca.
- Embargo de bienes sujetos a registro.
- Fiducia en garantía o en administración y fuentes de pagos
Libranzas.
- Pignoración de Rentas de la Nación, Entidades Territoriales y Entidades Descentralizadas.
¿Cómo envío la Solicitud de Facilidad de Pago?
Las solicitudes de facilidad de pago deben ser remitidas por correo electrónico. Se debe informar, en el Asunto “Facilidad de Pago Art. 814 o Facilidad de Pago Ley 2010 de 2019", el nombre del contribuyente o razón social y su NIT.