Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN ENERO DE 2026

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en diciembre.

Ingrese aquí para conocer todos los vencimientos de 2025.

 

 

Acordeón

Impuesto sobre las ventas (IVA) bimestral

Entre el 13 y el 26 de enero de 2026, los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) con ingresos brutos a 31 de diciembre de 2025 iguales o superiores a $4.329.980.000, deben presentar y pagar la declaración del bimestre noviembre - diciembre de 2025. La fecha depende del último dígito del NIT.

 

Impuesto nacional al consumo (INC)

Entre el 13 y el 26 de enero de 2026, los prestadores del servicio de telefonía móvil o del servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas, vendedores de bienes sujetos al impuesto al consumo o de vehículos usados, así como los responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas y cannabis, deben presentar y pagar la declaración correspondiente al bimestre noviembre - diciembre de 2025. La fecha depende del último dígito del NIT.

 

Impuesto sobre las ventas (IVA) cuatrimestral

Entre el 13 y el 26 de enero de 2026, los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) con ingresos brutos inferiores a $4.329.980.000 a 31 de diciembre de 2025, deben presentar y pagar la declaración del cuatrimestre septiembre - diciembre de 2025. La fecha depende del último dígito del NIT.

 

 

Retención en la fuente

Entre el 13 y el 26 de enero de 2026 todos los agentes de retención y/o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios, deben presentar la declaración correspondiente al mes de diciembre de 2025 y pagar las retenciones y autorretenciones practicadas. Cada fecha se asigna de acuerdo con el último dígito del NIT del contribuyente.

 

Declaración y pago anticipo bimestral del Régimen Simple de Tributación (RST)

Entre el 13 y el 26 de enero de 2026, los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deben presentar y pagar la declaración del bimestre noviembre - diciembre de 2025. El cumplimiento de esta obligación debe hacerse en el formulario 2593 (Recibo electrónico SIMPLE) y el plazo depende del último dígito del NIT.

 

Presencia Económica Significativa (PES)

Hasta el 16 de enero de 2026, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que cuenten con Presencia Económica Significativa -PES- y elijan declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios, deben realizar el pago anticipado bimestral de este impuesto correspondiente a los meses de noviembre y diciembre, utilizando el formulario 115. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Gasolina y ACPM

Hasta el 16 de enero de 2026, los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de diciembre de 2025. Este plazo se aplica independientemente del NIT del contribuyente.

 

Impuesto al carbono

Hasta el 16 de enero de 2025, los responsables del impuesto nacional al carbono deberán declarar y pagar el bimestre noviembre - diciembre de 2025. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

IVA prestadores de servicios desde el exterior

Hasta el 16 de enero de 2026, los prestadores de servicios desde el exterior deben presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre noviembre - diciembre de 2025. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

Impuesto a las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados

Hasta el 16 de enero de 2026, los responsables del impuesto a las bebidas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, deberán declarar y pagar el bimestre noviembre - diciembre de 2025, independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT).