Abecé - Medios de pago de impuestos

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En nuestro propósito de cercanía con el ciudadano y con el ánimo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, hemos dispuesto diferentes medios de pago para que de manera ágil, eficiente y cómoda pueda realizar el pago de sus impuestos.

Estas opciones son:

  • Pago de impuestos por medios electrónicos

  • Pago de impuestos en corresponsales bancarios

  • Pago de impuestos de manera presencial en bancos autorizados

  • Pago de impuestos desde el exterior IVA, Renta y Renta por cambio de titularidad de la inversión extranjera. 

Pago de impuestos por medios electrónicos 

¿Cuáles son los tipos de medios de pago electrónico?

Para el pago de las obligaciones tributarias los tipos de medios de pago electrónico disponibles son: Pagos Seguros en Línea o PSE, con débito de cuenta corriente o de ahorros, o pago a través de tarjeta de crédito.

¿Cuál es el procedimiento para adelantar una operación de pago electrónico?

Para realizar una operación de pago de impuestos a través de medios electrónicos debe diligenciar el recibo de pago desde los Sistemas de Información de la DIAN, recibo que se considera "pendiente de pago".  

Paso seguido puede realizar la transacción financiera de pago del recibo con la Entidad Autorizada para Recaudar -EAR seleccionada, cumpliendo con los mecanismos de seguridad, políticas y reglas de la entidad recaudadora previamente establecidos, conocidos y aceptados por las partes.

Para realizar el pago del recibo pendiente tiene dos opciones:

La primera, por ingreso a la dirección Web de la Entidad Autorizada para Recaudar - EAR que escoja para realizar el pago, desde los Servicios Informáticos de la DIAN, una vez diligenciado el recibo de pago.

La segunda, por ingreso directo, a la dirección Web o canal de pago de la EAR que escoja o que le preste el servicio.

Recuerde tener en cuenta la confirmación en línea por parte de la EAR de la efectividad de la transacción financiera.

Puede consultar el tutorial en https://www.youtube.com/watch?v=YcKXJRl5CWk 

¿Qué obligaciones puedo pagar por medios electrónicos?

Puede pagar por medios electrónicos las obligaciones correspondientes a impuestos, anticipos, retenciones en la fuente, sanciones e intereses de mora, relacionadas con las declaraciones presentadas que involucren tales conceptos.

De la misma forma, en materia aduanera, los pagos de tributos aduaneros, intereses moratorios, sanciones y rescate, pueden realizarse a través de la transacción de pago por canales electrónicos, cuando tales pagos se deriven de obligaciones relacionadas con las declaraciones de Importación y declaraciones consolidadas de pago presentadas a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN. 

¿Para qué obligaciones no aplica la transacción de pago electrónico?

Cuando requiera realizar el pago con Títulos de Devolución de Impuestos-TIDIS, bonos, certificados y en general títulos o documentos similares para el pago de los tributos, no aplica la transacción de pago electrónico.

¿Debo tener firma electrónica para realizar el pago por medios electrónicos?

No es requisito para el pago tener firma electrónica, esta se requiere para firmar la declaración que va a ser objeto de pago. 

¿Cuáles son las Entidades Autorizadas para Recaudar - EAR?

Las EAR son: 

ENTIDAD RECAUDADORA

PAGO PSE

PAGO TARJETA DEBITO/CREDITO

Banco Agrario

X

 

Banco Av Villas

X

X

Banco Bbva

X

X

Banco Caja Social

X

 

Banco Citibank

X

 

Banco Scotiabank Colpatria

X

 

Banco Davivienda

X

X

Banco de Bogotá

X

X

Banco de Occidente

X

X

Banco Itaú

X

X

Banco Popular

X

X

Banco Sudameris

X

X

Bancolombia

X

X

 

¿Qué pasa si he generado el recibo de pago y no puedo realizar la transacción?

Una vez haya diligenciado el recibo oficial de pago a través de los Servicios Informáticos de la DIAN y en el evento que no le sea posible realizar la transacción de pago por canales electrónicos con la EAR, puede utilizar el recibo diligenciado a través de tales servicios y efectuar el pago en forma presencial ante las EAR. El banco tiene 30 minutos para resolver la transacción, por lo que se recomienda esperar este tiempo antes de realizar el pago de manera presencial.

Igualmente se puede realizar el pago en forma presencial a través de corresponsales bancarios

¿Qué información entrega la DIAN a las EAR al momento de generar el recibo de pago?

En el momento en el que usted diligencia el recibo de pago desde los Sistemas de Información de la DIAN, la entidad proporciona a la EAR, a través de sus Servicios Informáticos la siguiente información:

1. El número del recibo oficial pendiente de pago.

2. El valor a pagar con el recibo.

3. La fecha límite, calendario, para realizar el pago con ese recibo.

4. El tipo de concepto (tributario o aduanero).

5. El concepto de pago (renta, ventas, retenciones, importación, etc.)

6. La identificación del obligado. 

¿Qué información entregan las EAR a la DIAN con respecto a la transacción realizada?

Las EAR que ofrezcan la transacción de pago por canales electrónicos, deberán entregar por medio de los Servicios Informáticos de la DIAN, la siguiente información:

1. El número del recibo oficial de pago tributario o aduanero.

2. El valor pagado con el recibo.

3. El número de operación o autorización asignado por la entidad con el que se identifica la operación financiera.

4. La fecha calendario y hora de realización del pago, que no puede ser superior a la fecha límite para realizar el pago con ese recibo, según información remitida por la DIAN.

5. El canal utilizado para realizar el pago.

6. El medio de pago utilizado.

7. El código de la entidad autorizada para recaudar

Pago de impuestos en corresponsales bancarios

A través de los corresponsales bancarios del Banco Davivienda y Citibank puede realizar los pagos de sus obligaciones tributarias, presentando un (1) ejemplar del recibo oficial de pago - Formulario 490

¿Cómo amplío información del pago de impuestos a través de los corresponsales bancarios?

Puede consultar el abecé de recaudo de impuestos a través de corresponsales bancarios en: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Abece-pago-impuestos-corresponsales-bancarios-Davivienda.pdf

¿Cómo puedo realizar el pago de impuestos a través de los corresponsales bancarios?

Puede consultar el video tutorial en: https://www.youtube.com/watch?v=g3DOgyWFn6g&t=20s

¿Cuál es el listado de corresponsales bancarios en el país para el pago de impuestos?

Puede consultar el listado de corresponsales bancarios en: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Corresponsales-Puntos-Daviplata.pdf 

 

Pago de impuestos de manera presencial

¿Qué documentos debo preparar para realizar el pago de impuestos de manera presencial?

Una vez diligencie el recibo oficial de pago, por medio de los Servicios Digitales de la DIAN y en el evento que no le sea posible realizar la transacción de pago por canales electrónicos con la entidad recaudadora, podrá generar un archivo .pdf del recibo e imprimir 2 ejemplares en papel tamaño carta, no reciclada, para pagar presencialmente en las entidades autorizadas para recaudar.

¿Debo presentar mi cédula, la declaración y el RUT al realizar el pago presencial?

No es necesario presentar la cédula ni el RUT cuando se realiza el pago presencial. 

¿Si es mi fecha de vencimiento de la obligación, puedo hacer el pago en jornada adicional?

Si. El banco reporta el pago con la fecha en que se realizó la transacción. 

¿Después de hacer el pago en el banco debo enviar el soporte a la DIAN?

No es necesario, la entidad recaudadora envía la información del pago realizado a la DIAN

¿Qué posibilidades de pago me ofrecen las EAR?

Las EAR le recibirán el pago en efectivo, tarjetas débito, tarjeta de crédito o mediante cheque de gerencia o cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora.

¿Cuál es el listado de las EAR?

Las EAR son:

  • Banco de Bogotá

  • Banco Popular

  • Banco Itaú

  • Bancolombia

  • Banco Citibank

  • Banco GNB Sudameris

  • Banco BBVA

  • Banco Scotiabank Colpatria

  • Banco de Occidente

  • Banco Caja Social

  • Banco Davivienda

  • Banco Agrario de Colombia

  • Banco AV Villas

 

Pago de impuestos desde el exterior (IVA) 

¿Qué requisitos debo cumplir para realizar el pago de IVA como prestador de servicios en Colombia desde el exterior?

Debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar inscrito en el RUT con la responsabilidad 46: IVA Prestadores de Servicios desde el exterior.

  2. La información del RUT debe estar actualizada.

  3. Tener instrumento de Firma Electrónica-IFE

  4. Tener usuario y contraseña para acceso a los servicios informáticos de la DIAN. 

¿Cómo puedo pagar el Impuesto sobre las Ventas -IVA desde el exterior con transferencia internacional? 

  1. Debe presentar la declaración en el Formulario 325 ingresando a www.dian.gov.co

  2. Seleccione la opción de pago desde el exterior

  3. Genere el recibo de pago 490

  4. Seleccione el número del recibo ubicado en la casilla “Payment reference" del Formulario 490.

  5. Al momento de realizar la transferencia registre en el comprobante de pago el número del recibo indicado en el punto anterior.

  6. Reporte el pago al buzón subdir_recacobranzas_entrec@dian.gov.co   

¿Si realizo el pago en dólares a qué cuenta debo realizar la transferencia?

Debe realizar la transferencia a la cuenta de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del banco CITIBANK NA Número: 70210000000000002, ABBA: 031100209, SWIFT: CITIUS33, Ciudad: NEW CASTLE - DE Estado: Delaware.

 ¿Si realizo el pago en euros a qué cuenta debo realizar la transferencia?

Debe realizar la transferencia en euros a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional al Banco Citibank Londres, Número de Cuenta: 70210000000000002,  Código SWIFT: CITIGB2L, Iban Code: GB42CITI18500811204122, Dirección del Intermediario: Citigroup Centre, Canada Aquare, Canary Wharf, London E14 5LB.

¿Qué TRM debo aplicar? 

El pago se aplica con la fecha de abono en cuenta reportado por el Banco Citibank. Es importante aplicar la TRM de la fecha de abono para evitar que se genere un faltante o un excedente en el pago realizado. 

¿En qué momento se verá reflejado el pago? 

El pago se verá reflejado en el estado de cuenta de Obligación Financiera una vez el Ministerio de Hacienda reporte a la DIAN el pago que previamente le ha notificado CITIBANK 

¿Puedo hacer seguimiento a la aplicación del pago que realicé?  

Sí puede hacer seguimiento de la aplicación del pago consultando la referencia de pago por el servicio informático de la DIAN ingresando a la opción “Consultar documento diligenciado", allí puede generar el pdf del recibo de pago que debe tener registrada con marca de agua “PAGADO", también puede revisar en su estado de cuenta que el pago se encuentre registrado. 

Si tiene inquietudes al respecto puede escribir al buzón subdir_recacobranzas_entrec@dian.gov.co, indicando los datos del concepto, año y período del impuesto pagado y anexando la constancia de la transferencia realizada y el recibo de pago que corresponde o indicando el número del Formulario.490.

¿Cuáles son los bancos para realizar transferencias internacionales?

Los bancos para realizar transferencias internacionales son:

  • Citibank NY

  • Citibank Londres