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A partir del 17 de junio Direcciones Seccionales de Aduanas y de Impuestos y Aduanas podrán emitir certificados de origen digitales

25/06/2019 Bogotá D.C

Las solicitudes de emisión del Certificado de Origen Digital (COD) serán atendidas por parte de cada una de las Direcciones Seccionales

La DIAN informa que a partir del 17 de junio del año en curso las Direcciones Seccionales de Aduanas y Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas que vienen expidiendo certificados de origen físicos quedan habilitadas para emitir certificados de origen digitales, lo anterior  con el fin de optimizar la prestación del servicio en la emisión de estos certificados.

Las solicitudes de emisión del Certificado de Origen Digital (COD) serán atendidas por parte de cada una de las Direcciones Seccionales de acuerdo a la selección efectuada por los exportadores a través del aplicativo informático de origen.

Los Certificados de Origen Digitales que amparen mercancías de exportación con destino a México en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE 033 - Tratado de Libre Comercio entre Colombia y México G-2, seguirán siendo expedidos única y exclusivamente por la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, siendo este el único COD que va a emitir esta Dirección Seccional.

Para mayor información ver  Circular No. 000004 del 29 de mayo de 2019, con relación a la Habilitación Direcciones Seccionales para Emisión de Certificados de Origen Digitales. Ingrese al siguiente Link : https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Circular%20000004%20de%2029-05-2019.pdf

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