Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

Comunicado de Prensa No. 073

02/11/2023 Bogotá, D.C.

Por incumplimiento en la Facturación Electrónica, DIAN cierra establecimiento comercial Jumbo del Centro Comercial Santafé.

  • El incumplimiento en la expedición de la Factura Electrónica por parte de los establecimientos obligados, da lugar a sanciones económicas calculadas sobre el 5% de los ingresos operacionales o cierre del establecimiento comercial.

Bogotá, 2 de noviembre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en el marco de la estrategia para hacer seguimiento al cumplimiento de obligaciones con la facturación electrónica, en la tarde de hoy adelantó el cierre del establecimiento JUMBO, ubicado en el Centro Comercial Santafé de la ciudad de Bogotá, medida que se tomó luego de una visita al contribuyente CENCOSUD, donde se identificó su incumplimiento con la expedición de la factura electrónica. 

Dicho incumplimiento da lugar a una sanción económica o a una sanción de cierre por tres (3) días, como en este caso.  

En la respectiva visita se verificó que no estaba cumpliendo con lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, que señala que el tiquete con sistema P.O.S., lo podrán expedir los sujetos obligados a facturar, siempre que la venta del bien y/o prestación del servicio no supere las cinco (5) UVT, lo que equivale a $212.060 en 2023, sin incluir el importe de ningún impuesto. Lo anterior, sin perjuicio de que el adquiriente exija la expedición de la factura de venta, caso en el cual se debe emitir.  

Es importante recordar que los únicos requisitos que el establecimiento debe solicitar al comprador para expedir la factura electrónica son: nombre o razón social, cédula o NIT y correo electrónico.  

Para reportar cualquier irregularidad con la expedición de la factura electrónica, los ciudadanos se pueden comunicar a través de la línea WhatsApp 3108728457 o mediante el Sistema PQRS/Denuncias por terceros, en la página web www.dian.gov.co, las cuales pueden hacerse de manera anónima. 

Descargue aquí el Comunicado de Prensa

  • Califica esta noticia
  • Compartir noticia