Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

Comunicado de Prensa No. 21

18/03/2020 Bogotá D.C

DIAN suspende términos en procesos y actuaciones administrativas

  • La decisión aplicará para todos los temas tributarios aduaneros y cambiarios a cargo de la entidad. 

Bogotá D.C., 18 de marzo de 2020. Entre el 19 de marzo y el 03 de abril de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, suspende los términos en los procesos y actuaciones administrativas, en materia tributaria, aduanera y cambiaria, y como consecuencia, durante este lapso no habrá atención de público en las dependencias de las direcciones Seccionales de Impuestos, de Aduanas y de Impuestos y Aduanas, Delegadas y del Nivel Central. 

Así lo informó hoy la entidad al precisar que, en materia aduanera, la suspensión de términos incluye: i) Plazos de autorizaciones o habilitaciones, ii) Respuesta a requerimientos ordinarios de información, iii) Plazos internos para hacer visitas, iv) Tránsitos, almacenamiento y transporte multimodal, v) Plazos para reimportar las mercancías exportadas temporalmente, vi) Plazos para importar menajes, y vii) Plazos para presentar entregas urgentes. 

En cuanto a la gestión interna, la medida también incluye las solicitudes y denuncias por el Servicio Informático Electrónico (SIE) de PQRS, los plazos para decidir las solicitudes especiales del Registro Único Tributario RUT y, en general, las peticiones ingresadas a través del Servicio Informático Electrónico (SIE) pendientes de gestionar.

Mediante la Resolución 000022 de 2020, que establece estas medidas, la DIAN deja claro que antes del vencimiento del plazo de suspensión establecido, se dispondrán las decisiones sobre la continuidad o no de ésta medida.

  • Descargue aquí el Comunicado de Prensa
  • Califica esta noticia
  • Compartir noticia