Mediante este nuevo servicio, los ciudadanos podrán programar la llamada telefónica de un agente de servicio especializado de la DIAN en el día y la hora que requieran, así podrán obtener orientación y asistencia en todo lo relacionado con el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).
Cómo hacerlo
Ingrese a www.dian.gov.co, escoja el menú sitio web institucional, luego haga clic en el menú superior Atención al ciudadano / contáctenos / Servicio programación de llamadas o ingrese directamente al link: https://portalos.outsourcing.com.co:9558/
De esta manera, los contribuyentes podrán programar la llamada inmediatamente y uno de nuestros agentes de servicio lo contactará el día y a la hora elegida, para brindarle acompañamiento en la presentación del reporte de Beneficiarios finales, a través de los servicios digitales de la DIAN.
Recuerde:
El suministro inicial de la información en el RUB debe efectuarlo de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas al 31 de mayo de 2023, a través de los servicios digitales de la DIAN, a más tardar, el 31 de julio de 2023, indicando la fecha en la que reporta la información.
Las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas, creadas u obligadas a partir del 01 de junio de 2023, deberán hacer el reporte inicial de la información en el RUB de manera electrónica, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a:
La inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), o
A la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica (SIESPJ), o
Al momento en que se encuentran obligadas por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 0164 de 2021, proporcionando en todo de caso, la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información.