Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

Procedimiento para la emisión de Certificados de origen Físicos para exportadores

29/09/2020 Bogotá D.C

A partir del 1 de octubre la DIAN retomará la expedición de estos certificados en formato PDF

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) siguiendo los lineamientos expedidos con el Decreto 1287 del 24 de septiembre de 2020, retomará la expedición de Certificados de Origen en formato PDF, con firmas y sellos digitalizados de los funcionarios DIAN autorizados para su expedición; lo anterior para continuar protegiendo la vida y salud de los funcionarios y usuarios aduaneros durante la Emergencia Sanitaria provocada por el Covid-19.

Esta actividad, se reiniciará a partir del 1 de octubre del presente año, para los siguientes acuerdos comerciales:

1. Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre La Rep. De Colombia y La Rep. Bolivariana de Venezuela AAP. 28. Código 254

2. Comunidad Andina (Perú y Bolivia) Código 255

3. Acuerdo Regional Relativo a la Preferencia Arancelaria Regional No. 4 (AR-PAR No. 4). Código 255.

4. Acuerdo de Complementación Económica No. 49 entre la República de Colombia y la República De Cuba. Código 255

5. Acuerdo de Complementación Económica No. 72 entre los Estados Partes del MERCOSUR y La República De Colombia. Código 294

6. Acuerdo de Complementación económica No. 59 Colombia- MERCOSUR

7. Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica Código 293

8. Tratado De Libre Comercio entre la República De Colombia y el Estado de Israel Código 296

9. Acuerdo de alcance parcial No. 29 entre Colombia y Panamá. Código 257

10. Acuerdo de alcance parcial No. 31 sobre comercio y cooperación económica y técnica entre la Rep. de Colombia y la CARICOM. Código 271

11. Terceros países Código 260

El certificado de origen, expedido en formato PDF, se considerará el certificado original y será remitido al exportador vía correo electrónico, a la dirección reportada en las Declaraciones Juramentadas de Origen, en la casilla observaciones del Certificado de Origen y/o la registrada en el RUT; el exportador cuando reciba el correo electrónico deberá descargarlo, imprimirlo, firmarlo y posteriormente remitirlo a sus clientes en el exterior; remisión que se podrá realizar también por correo electrónico en formato PDF.

Para los siguientes acuerdos, se continuarán expidiendo los certificados de origen en las formas preimpresas y las diferentes Direcciones Seccionales de todo el país dispondrán de horarios especiales, con las respectivas medidas de bioseguridad para su entrega.

1. Acuerdo comercial entre Colombia y Perú, por una parte y la Unión Europea y sus estados miembros, por otra. Código 290

2. Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la AELC (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza). Código 283

3. Sistema General de Preferencia SGP código 250

Cualquier duda sobre el particular será absuelta por parte de las Direcciones Seccionales.

  • Califica esta noticia
  • Compartir noticia