- Inició oficialmente la implementación del RST, incorporado con la Ley 1943 o Ley de Financiamiento.
Bogotá D.C., 20 de mayo de 2019. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Cámara de Comercio de Bogotá, realizaron el lanzamiento del Régimen Simple de Tributación (RST), que tiene como finalidades: reducir las cargas formales y sustanciales de los contribuyentes, impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Este nuevo modelo de tributación es un régimen opcional, sin embargo, la DIAN puede incluir a contribuyentes que no hubieran cumplido sus obligaciones tributarias con distritos, municipios y la Nación.
Quienes opten por el RST tendrán, entre otros beneficios, la integración de hasta 6 impuestos en una sola declaración anual (Simple –sustituto de renta–ganancia ocasional, Industria y Comercio, Impuesto Nacional al Consumo, Sobretasa bomberil y Avisos y tableros).
Adicional a lo anterior, generará ahorro de los costos transaccionales, permitirá la autoinscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y la liquidación y pago de manera electrónica, además de mejorar el flujo de caja de estos contribuyentes, por cuanto no están sujetos a retenciones en la fuente, ni obligados a practicarlas. Lo anterior, salvo las de índole laboral o las de IVA.
José Andrés Romero Tarazona, director general de la DIAN, indicó que “el Régimen Simple de Tributación prepara el camino para una ruta sin trámites que impulsará la formalización, aliviando la carga impositiva a los emprendedores, fortaleciendo de esta manera el desarrollo económico del país"
Mónica de Greiff, Presidente Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Bogotá, indicó “celebramos los esfuerzos que viene adelantando la DIAN para lograr una simplificación efectiva en los trámites y procesos que deben adelantar los empresarios para la declaración y pago de los impuestos. El nuevo Régimen Simple de Tributación es, sin lugar a duda, uno de los grandes avances de la DIAN que ayuda a promover una mayor formalización de las empresas".
Pueden optar por el RST, las personas naturales que desarrollen su actividad con criterios empresariales o personas jurídicas de naturaleza societaria que, en el año gravable anterior, hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT (equivalentes a 2.741.600.000, con la UVT de 2019).
Quienes cumplan con estos requisitos, y estén interesados en hacer parte del Régimen Simple de Tributación (RST), en el 2019, pueden hacerlo hasta el próximo 31 de julio. Del año 2020 en adelante, solo podrán hacerlo entre el 1 y el 31 de enero de cada vigencia.
Para inscribirse, los contribuyentes deben registrar la responsabilidad No. 47, ya sea cuando se inscriben por primera vez o actualizan el RUT.
Cómo inscribirse en el Régimen Simple de Tributación – RST
Las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales y aún no se encuentren inscritos en el RUT, podrán generar el PRE-RUT de una manera más amigable y sencilla para presentarlo ante la Cámara de Comercio y obtener en un solo trámite la inscripción en el Registro Único Tributario y el Certificado de Cámara de Comercio, acogiéndose al nuevo RST.
Así mismo, las personas naturales que no realicen actividades de comercio podrán, para acogerse a este Régimen, realizar su inscripción en el RUT totalmente en línea sin desplazamientos a un punto de contacto de la DIAN, para lo cual solamente deberán tener a la mano una foto de cada lado de la cédula de ciudadanía y una foto del rostro de quien realiza el trámite (selfie), para efectos de corroborar automáticamente los datos de identificación y así garantizar la seguridad y autenticidad del inscrito.
Si ya se encuentra inscrito en el RUT y desea acogerse al RST, podrá actualizar el RUT en línea informando esta responsabilidad No 47 con o sin firma electrónica.
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