Nueva funcionalidad para pago de anticipos impuestos de Renta

y Sobretasa a las entidades financieras

 

En el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria, y con el objetivo de facilitar el pago de los anticipos de los impuestos de Renta y Sobretasa a las entidades financieras establecidos en el decreto 520, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- habilitó una nueva funcionalidad en el servicio de diligenciamiento. 

Al iniciar el diligenciamiento de la declaración, encontrará el botón pago cuotas, a través del cual, se generan los recibos correspondientes del anticipo a pagar, de acuerdo con el tipo de contribuyente y la obligación tributaria que tenga a cargo. 

Grandes contribuyentes

En el caso de los Grandes Contribuyentes, en el selector de cuotas, con la opción número 2 podrá pagar la primera cuota de la Sobretasa a las entidades financieras y la segunda cuota del Impuesto de Renta. La segunda cuota de la Sobretasa a las entidades financieras y la tercera cuota del Impuesto de Renta la pagarán con la presentación de la Declaración de Renta con la opción número 3

Personas jurídicas

Para las personas Jurídicas, en el selector de cuotas, con  la opción número 1 podrá hacer el pago de la primera cuota de la Sobretasa a las entidades financieras y la primera cuota del Impuesto de Renta. La opción número 2 es para pagar la segunda cuota de la Sobretasa a las entidades financieras y el pago de la segunda cuota del Impuesto de Renta.