Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en junio de 2026
Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de junio de 2026, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.
Para el mes de junio de 2026, las obligaciones tributarias a cumplir son:
1. Pago de la tercera cuota del Impuesto de Renta y Complementarios del año gravable 2025, del 10 al 24 de junio de 2026.
2. Presentación y pago de la declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de mayo, del 10 al 24 de junio de 2026.
3. Presentación y pago de la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de marzo, hasta el 16 de junio de 2026.
4. Presentación de la memoria económica y Actualización del Régimen Tributario Especial, hasta el 30 de junio de 2026.
5. Pago de la segunda cuota correspondiente al 50% del Impuesto al Patrimonio por la vigencia 2026, con ocasión al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, el 01 de junio de 2026, para los establecimientos permanentes (incluidas las sucursales) de entidades del exterior.
6. De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:
Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.
Para consultar el Calendario Tributario 2026, el link habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2026.pdf
Notas de interés.
Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web en nuestra página www.dian.gov.co. Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad. Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.
El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico. A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en abril de 2026.
Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN:
El 14 de abril de 2026 la DIAN expide Concepto 006570 Aduanero (Int 519) como adición al Concepto General 032143 (Int 1465) de diciembre 31 de 2019, sobre Procedimientos Administrativos Aduaneros relacionado con sanciones. Su contenido lo puede consultar en el enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_6570_2026.htm
El 24 de abril de 2026 la DIAN expide Concepto General 007490 Tributario (Int 597) como adición al Concepto General 004532 Int 428 sobre las medidas tributarias en materia del Impuesto al Patrimonio. En el siguiente enlace encuentra su contenido:
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_7490_2026.htm
El 27 de abril de 2026 la DIAN expide Concepto General 007491 Tributario (Int 605) sobre las medidas temporales tributarias dispuestas en el Decreto 240 de 2026, con ocasión a la reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios. En el siguiente enlace puede leer su contenido:
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_7491_2026.htm
El 27 de abril de 2026 la DIAN expide Concepto 008034 Tributario (Int 607) sobre el reconocimiento de intereses corrientes y moratorios en la devolución por pagos en exceso y saldos a favor que establece el artículo 863 del Estatuto Tributario. Su contenido lo encuentra en el siguiente enlace:
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_8034_2026.htm
Algunas normas expedidas en abril del año 2026:
La Resolución 000012 del 29 de abril de 2026 por la cual se modifica parcialmente la resolución Única en materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria 000227 del 23 de septiembre de 2025, respecto al reporte de información tributaria. Puede leer su contenido en el enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000012%20de%2029-04-2026.pdf
La Resolución 000011 del 23 de abril de 2026 por la cual se adiciona una subsección transitoria a la Sección 5 del Capítulo 1 del Título de la Parte 1 de la resolución Única en materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria 000227 del 23 de septiembre de 2025, para establecer las condiciones para la transmisión de facturas electrónicas en casos de reconocimiento voluntario del incumplimiento de la obligación formal de facturar, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo 0240 de 2026. Su contenido lo encuentra en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000011%20de%2023-04-2026.Pdf
Con el comunicado de prensa 070 del 08 de mayo de 2026 la DIAN informa a los contribuyentes, responsables y agentes de retención que, como consecuencia del Auto Interlocutorio del 07 de mayo de 2026 proferido por el Consejo de Estado, se encuentra suspendido provisionalmente los efectos de los artículo 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, los cuales modificaban tarifas y bases de retenciones y autorretenciones en la fuente. Puede consultar el comunicado en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/HistoricoComunicadosPrensa.aspx