Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN JULIO DE 2026

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en junio.

Ingrese aquí para conocer todos los vencimientos de 2026.

Vencimientos tributarios en junio de 2026 

Acordeón

Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) - Actualización

Hasta el 3 de agosto es el plazo para actualizar la información sobre los beneficiarios finales reportados. De no existir modificaciones en el segundo trimestre del año 2026, los obligados a entregar información no deberán hacer ninguna actualización en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB).

 

Retención en la fuente

Entre el 12 y el 26 de agosto de 2026, todos los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios, deben presentar la declaración correspondiente al mes de julio de 2026 y pagar las retenciones y autorretenciones practicadas. Cada fecha se asigna de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

 

Renta personas naturales

​Entre el 12 de agosto y el 31 de agosto de 2025, las personas naturales cuyos números de identificación tributaria terminen en los números del 01 al 26, deben presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. Las fechas específicas de declaración dependen de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, y se extienden hasta el 26 de octubre de 2025.

Están obligados a declarar quienes hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($69.719.000), o un patrimonio superior a 4.500 UVT ($224.096.000); o quienes hayan realizado transacciones bancarias, compras, consumos o uso de tarjetas de crédito que superen el umbral de 1.400 UVT ($69.719.000). También deben declarar quienes hayan sido responsables del IVA a 31 de diciembre de 2025.

 

Impuesto a la gasolina y ACPM

Hasta el 18 de agosto de 2026 los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de julio. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.