Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN JULIO DE 2025

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en julio.

Ingrese aquí para conocer todos los vencimientos de 2025.

 

Acordeón

Renta – Personas jurídicas.

Entre el 9 y el 22 de julio, las personas jurídicas deben hacer el pago de la segunda cuota por concepto del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2024. 

El plazo del pago depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Presencia Económica Significativa (PES)

Hasta el 14 de julio, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que cuenten con Presencia Económica Significativa – PES – y elijan declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y complementarios, deben realizar el pago anticipado bimestral, correspondiente a los meses de mayo y junio, de este impuesto utilizando el Formulario 115. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Impuestos sobre las ventas (IVA) Bimestral

Entre el 9 y el 22 de julio, los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con ingresos brutos a 31 de diciembre de 2024 iguales o superiores a $4.329.980.000 deben presentar y pagar la declaración del bimestre mayo - junio de 2025. La fecha depende del último dígito del NIT.

 

Retención en la fuente.

Entre el 9 y el 22 de julio, todos los agentes de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar la declaración correspondiente al mes de junio de 2025 y pagar las retenciones y autorretenciones practicadas. Cada fecha se asigna de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Impuesto a la Gasolina y ACPM.

Hasta el 14 de julio, los responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de junio de 2025. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Impuesto al Carbono

Hasta el 14 de julio, los responsables del Impuesto Nacional al Carbono deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio de 2025. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

Declaración y pago del Régimen Simple de Tributación (RST)

Entre el 9 y el 22 de julio, los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación -RST- deben presentar y pagar la declaración bimestral correspondiente a los meses de mayo y junio, mediante el Formulario 260. La fecha de presentación y pago de la declaración depende del último dígito del NIT del contribuyente.

 

IVA prestadores de servicios desde el exterior

​Hasta el 14 de julio, los prestadores de servicios desde el exterior deben presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre mayo – junio de 2025. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

Impuestos a las Bebidas Azucaradas y Alimentos Ultraprocesados

Hasta el 14 de julio, los responsables del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio de 2025, independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT).