Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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ESTOS SON LOS VENCIMIENTOS DE IMPUESTOS NACIONALES EN JULIO DE 2026

 

El Decreto 2229 de 2023 definió los siguientes plazos para declarar y pagar estos impuestos del orden nacional en junio.

Ingrese aquí para conocer todos los vencimientos de 2026.

Vencimientos tributarios en junio de 2026 

Acordeón

IVA bimestral

Entre el 9 y el 24 de julio de 2026, los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) deben presentar y pagar la declaración del bimestre mayo - junio. La fecha depende del último dígito del NIT.

 

Retención en la fuente

​Entre el 9 y el 24 de julio de 2026, todos los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios, deben presentar la declaración correspondiente al mes de junio de 2026 y pagar las retenciones y autorretenciones practicadas. Cada fecha se asigna de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Renta personas jurídicas

Entre el 9 y el 24 de julio de 2026, las personas jurídicas deben hacer el pago de la segunda cuota por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2025. El plazo del pago depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Régimen Simple de Tributación - Anticipo bimestral

​Entre el 9 y el 24 de julio de 2026, los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deben presentar y pagar la declaración del bimestre mayo - junio de 2026. El cumplimiento de esta obligación debe hacerse en el recibo electrónico del SIMPLE (formulario 2593). El plazo depende del último dígito del NIT.

 

Impuesto a las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados

Hasta el 15 de julio de 2026, los responsables del impuesto a las bebidas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, deberán declarar y pagar el bimestre mayo - junio, independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT).

 

Impuesto a la gasolina y ACPM

​Hasta el 15 de julio de 2026, los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de junio. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.

 

Impuesto nacional al carbono

Hasta el 15 de julio de 2026, los responsables del impuesto nacional al carbono deberán declarar y pagar el bimestre mayo - junio. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

IVA prestadores de servicios desde el exterior

Hasta el 15 de julio de 2026, los responsables del impuesto nacional al carbono deberán declarar y pagar el bimestre mayo-junio, los prestadores de servicios desde el exterior deben presentar y pagar la declaración de IVA del bimestre marzo - abril. El plazo es el mismo para todos los Números de Identificación Tributaria (NIT).

 

Presencia Económica Significativa (PES)

Hasta el 15 de julio de 2026, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que cuenten con Presencia Económica Significativa (PES) y elijan declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios, deben realizar el pago anticipado bimestral de este impuesto correspondiente a los meses de mayo y junio, utilizando el formulario 115. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.