CONOCE LOS BENEFICIOS DEL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN

18/06/2020 | General

 

No te pierdas de los beneficios del RST, si ya cuentas con el RUT, tienes plazo hasta el 31 de julio.

RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN (RST)

¿QUÉ ES?

Sistema de tributación opcional que sustituye el Impuesto sobre la Renta e integra varios impuestos en uno solo.

¿QUIÉNES PUEDEN INSCRIBIRSE EN EL RST?

  • Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
  • Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT ($2.848.560.000 para el año 2020).
  • Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.

¿CÓMO PUEDES INSCRIBIRSE EN EL RST?

Si no tienes Registro Único Tributario (RUT) Puedes hacerlo en cualquier momento, ingresando a https://muisca.dian.gov.co/WebRut/RegimenSimple/Inscripcion 

O escaneando el código QR para acceder al RUT SIMPLE

 

Si tienes RUT

Tienes plazo hasta el 31 de julio de 2020. Puedes hacerlo, de manera fácil y rápida, en nuestra página web www.dian.gov.co, a través de: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Transaccional.aspx

1. Da clic en Usuario Registrado si tienes contraseña. De no ser así, habilita tu cuenta dando clic en Usuario Nuevo.

2. Con tu usuario y contraseña ingresa:

  • A nombre propio si lo haces como persona natural.
  • Con la opción NIT si lo haces a nombre de una organización o de un tercero.
  • Diligencia todos los datos solicitados.

3. En el tablero de control da clic en el ícono optar por el RST. Después da clic en continuar.

TEN EN CUENTA
Este ícono solo le aparecerá si estás registrado en el RUT y ejerces actividades económicas incluidas en el RST.

4. El sistema te habilitará un cuestionario. Diligéncialo y, al finalizar, da clic en continuar. Las repuestas suministradas determinarán si cumples con los requisitos para optar por el RST.

5. Si la respuesta es positiva, da clic en confirmar. Así aceptarás hacer el cambio de régimen.

6. Si cuentas con el Instrumento de Firma Electrónica (IFE), formaliza la actualización firmando el documento, dando clic en el botón firmar.

7.Si no cuentas con IFE, al confirmar el cambio el documento RUT actualizado se descargará automáticamente o podrás consultarlo en la opción "Obtener Copia del RUT" en el tablero de control.

Consulta aquí la versión PDF de esta información

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