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DIAN amplía vigencia del Operador Económico Autorizado (OEA)

20/11/2020 Bogotá D.C

Puertos, muelles y operadores portuarios pueden presentar su solicitud a través del portal web de la entidad

La DIAN informa a los usuarios aduaneros que a partir del 20 de noviembre de 2020 entra en vigencia la ampliación del programa de Operador Económico Autorizado (OEA) para instalaciones portuarias y operadores portuarios.

Los puertos, muelles y operadores portuarios interesados pueden presentar la solicitud descargando la "plantilla F020 Manual IP" y la autoevaluación de condiciones y requisitos desde el micrositio del OEA en el siguiente enlace de la página WEB de la DIAN: https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/default.aspx y radicar los documentos soporte de que trata el artículo 5 de la Resolución 15 de 2016 en forma virtual a través del buzón 215361_gestiondocumental@dian.gov.co o de manera física en correspondencia en la carrera 7 # 6C-54 Edificio Sendas primer piso en correspondencia.

  • Ver plegable de documentos soporte aquí

  • Resolución 48 de 2020, Diario Oficial 51488 del 4 de noviembre de 2020 aquí

Recuerde que la Presentación de la Solicitud OEA ante la DIAN es gratuita. Actualmente el servicio Informático Electrónico únicamente se encuentra disponible para presentar la solicitud OEA para Exportadores.

Para presentar una solicitud OEA para Importadores, Agencias de Aduanas o Instalaciones Portuarias y Operadores Portuarios descargue el formulario 020, diligéncielo, fírmelo y preséntelo de forma manual. 

Consulte el instructivo de presentación y el formulario en "Solicitud de autorización" de este sitio.

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