PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD OEA TENGA EN CUENTA LA SIGUIENTE RECOMENDACIÓN 

El interesado debe garantizar que se encuentre disponible el Certificado de Antecedentes expedido por la Procuraduría General de la Nación para socios, accionistas, miembros de juntas directivas, representantes legales, contadores, revisores fiscales, representantes aduaneros y los controlantes directos e indirectos, con el fin de validar la condición 6.1.10 de que trata el Decreto 3568 de 2011.  

Mayor información aquí. 

 

Instalaciones Portuarias - Nuevo usuario aduanero que puede acceder a la autorización de Operador Económico Autorizado 

A partir del 20 de noviembre de 2020 entra en vigencia la ampliación del programa de Operador Económico Autorizado (OEA) para instalaciones portuarias y operadores portuarios.

Los puertos, muelles y operadores portuarios interesados pueden presentar la solicitud descargando la "plantilla F020 Manual IP" y la autoevaluación de condiciones y requisitos desde el micrositio del OEA en el siguiente enlace de la página WEB de la DIAN: https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/default.aspx y radicar los documentos soporte de que trata el artículo 5 de la Resolución 15 de 2016 en forma virtual a través del buzón corresp_entrada_NC@dian.gov.co  con copia al correo solicitudesoea@dian.gov.co

  • Ver plegable de documentos soporte aquí

  • Resolución 48 de 2020, Diario Oficial 51488 del 4 de noviembre de 2020 aquí

 

Presentación de la Solicitud OEA

Recuerde que la Presentación de la Solicitud OEA ante la DIAN es gratuita. Actualmente el servicio Informático Electrónico únicamente se encuentra disponible para presentar la solicitud OEA para Exportadores.
Para presentar una solicitud OEA para Importadores, Agencias de Aduanas o Instalaciones Portuarias y Operadores Portuarios descargue el formulario 020, diligéncielo, fírmelo y preséntelo de forma manual.

Consulte el instructivo de presentación y el formulario en "Solicitud de autorización" de este sitio.

La Subdirección del Operador Económico Autorizado informa a la ciudadanía en general que, en virtud de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y por la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), así como lo dispuesto por la Subdirección Administrativa con la Circular No. 000008 del 24 de marzo de 2020, las solicitudes relacionadas con los trámites de autorización OEA deberán ser dirigidas al buzón de correo electrónico: corresp_entrada_NC@dian.gov.co el cual fue dispuesto por la entidad para la recepción de las comunicaciones oficiales de los usuarios externos.

En virtud de lo anterior, los interesados deberán radicar sus solicitudes de autorización como Operador Económico Autorizado (OEA), dirigidas a la Subdirección OEA al corresp_entrada_NC@dian.gov.co  con copia al correo solicitudesoea@dian.gov.co

Se Recuerda que:

  • La presentación de la solicitud de autorización como Operador Económico Autorizado, deberá contener los documentos que enlista el artículo 5 de la Resolución 15 del 17 de febrero de 2016 de la DIAN, de forma digital y los mismos no deberán tener restricciones de acceso (contraseñas, Paswords, etc) 

  • Tener en cuenta que tanto la solicitud OEA electrónica para el tipo de usuario Exportador y la manual para los tipos de usuario Importador, Agencia de Aduanas e Instalaciones Portuarias y Operadores Portuarios, deben estar firmadas por el representante legal de la empresa.

  • Por ser el idioma oficial, todos los documentos deben estar en español.

  • Teniendo en cuenta la política e iniciativa de uso eficiente de los recursos en la contribución a la cultura de "Cero Papel" que adelanta la Entidad, los documentos deberán ser allegados en dispositivos electrónicos de almacenamiento de datos o de Información.

  • Para facilitar su trámite se deben radicar digitalmente ante la DIAN la totalidad de los documentos soporte organizados como indica el punto 2 del siguiente enlace https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/Tramite-de-Autorizacion-OEA.aspx

 

VENTAJAS DE LOS ACUERDOS DE RECONOCIMIENTO MUTUO DEL PROGRAMA OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO

Acceda a las ventajas y beneficios que en materia de facilitación de comercio internacional le ofrecen los acuerdos de Reconocimiento Mutuo del programa del Operador Económico Autorizado suscritos entre la aduana colombiana y las aduanas de los países de la Alianza del pacífico (México, Perú, Chile), Comunidad Andina ( Perú, Ecuador y Bolivia), Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), Costa Rica, Estados Unidos, Guatemala y República Dominicana.

Para más información consulte las guías de aplicación de beneficios y el abecé en el siguiente link:

https://www.dian.gov.co/aduanas/oea/inicio/Paginas/reconocimientomutuo.aspx

 

CONOZCA MAS SOBRE EL TRAMITE OEA.

Conozca más sobre el trámite de autorización del Operador Económico Autorizado ingresando a la plataforma -No más Filas- a través del siguiente enlace: https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T32688

Nota: Para visualizar mejor este link ingrese por google Chrome o Mozilla.

 

CURSO MASIVO SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO. 

Se encuentra disponible el Curso Masivo Abierto En Línea (MOOC) “Operador Económico Autorizado”, desarrollado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el apoyo de expertos de las aduanas de la región, en el cual se podrá obtener toda la información que se requiere saber sobre que es el OEA, que requisitos se deben cumplir, sus ventajas y cómo acceder al programa de OEA en cada uno de los países de la región de las Américas. El curso es gratuito y tiene una duración de 5 semanas, para inscribirse, puede acceder al siguiente link:  https://academy.connectamericas.com/web/operador-economico-autorizado