Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

 

 

Acceda a facilidades de pago, sin costos en el trámite.    

Cada día que pasa, su deuda crece. La DIAN le ofrece opciones para ponerse al día con sus impuestos y evitar sanciones, intereses y embargos. Conozca las facilidades de pago, los beneficios de estar al día y las fechas clave de nuestras jornadas de cobro. 

 

 

Acordeón

Beneficios de estar al día

​✅ Evite embargos, intereses y sanciones.

✅ Suspenda procesos de cobro coactivo.

✅ Acceda a facilidades de pago: Opciones de financiación adaptadas a su necesidad.

✅ Actualice su historial tributario: Mantenga su buen nombre ante la administración tributaria.

La DIAN lo llama con soluciones para usted

​Como contribuyente con obligaciones en mora, usted puede ser contactado por la DIAN. A continuación, encuentra información clave para reconocer las llamadas telefónicas de la entidad y tomar las acciones correspondientes.   

¿Quién lo contacta? 

Un funcionario de la DIAN, encargado de la gestión de las obligaciones tributarias en mora, puede comunicarse telefónicamente con los contribuyentes cuyos datos se encuentran registrados en la entidad.   

¿Por qué lo contactan?   

El objetivo de la llamada es invitarlo a ponerse al día con el pago de sus obligaciones pendientes, para evitar el incremento de su deuda por
concepto de intereses, sanciones o que se inicie un proceso de cobro coactivo por parte de la entidad.  

Asimismo, la comunicación busca promover la regularización de su situación tributaria, contribuyendo a su buen nombre y al cumplimiento de sus obligaciones fiscales.  

¿Cómo identificar una llamada oficial de la DIAN?   

Las llamadas realizadas por la DIAN se efectúan desde líneas telefónicas oficiales y son atendidas únicamente por funcionarios autorizados.  

Durante la comunicación, el funcionario: 

  • Se identificará con su nombre completo y dependencia. 

  • Le informará de manera respetuosa y confidencial sobre el estado de sus obligaciones. 

  • Lo invitará al pronto pago de las obligaciones en mora que registra con la DIAN. 

Recuerde que la DIAN no solicita información personal, financiera, contraseñas ni dinero en efectivo fuera de los canales oficiales y autorizados por la entidad. 

¿Qué debe hacer si recibe la llamada?   

  • Escuche atentamente la información proporcionada. 

  • Verifique que el contacto cumpla con las características mencionadas. 

  • Si confirma la autenticidad de la llamada, atienda las orientaciones brindadas para regularizar su situación tributaria lo más pronto posible.

  • En caso de dudas, comuníquese directamente con los canales oficiales de la DIAN para validar la información. 

¿Qué hacer si recibe la llamada? 

  • Cada llamada telefónica de la DIAN está respaldada por un código único de autenticación enviado previamente al correo electrónico registrado en su RUT, donde también se relacionan las obligaciones tributarias en mora que el contribuyente registra con la entidad. 

  • Este código permite verificar la autenticidad del contacto y garantiza la transparencia, seguridad y confianza en la comunicación entre la entidad y el contribuyente. 

  • Al recibir la llamada, se recomienda ingresar al sistema de la DIAN para consultar su estado de cuenta y confirmar la obligación mencionada. 

  • Si está de acuerdo con la información, puede solicitar al funcionario el recibo de pago para facilitar la cancelación de su deuda; o también puede ingresar a la página de la DIAN y realizar el pago. 

  • En caso de necesitar más tiempo del informado durante la llamada, usted tiene la posibilidad de solicitar una facilidad de pago en
    la seccional que le corresponda de acuerdo con los lineamientos dispuestos en este  enlace https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Abece-facilidades-de-pago.pdf. Esto le permitirá regularizar su situación tributaria de manera oportuna y evitar el incremento de intereses, o el inicio de procesos de cobro coactivo. 

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es una facilidad de pago?

Una facilidad de pago es un acuerdo formal con la DIAN para cancelar obligaciones tributarias en cuotas, bajo condiciones que facilitan el cumplimiento y evitan sanciones adicionales.

¿Quiénes pueden solicitarla?

  • Todas las personas naturales o jurídicas que presenten deudas en mora por obligaciones tributarias como:

  • Impuesto sobre la Renta y Complementarios.

  • Impuesto sobre las Ventas (IVA).

  • Impuesto al Patrimonio.

  • Otros tributos administrados por la DIAN.

¿Debo presentar garantía siempre?

  • No. Solo si el plazo solicitado es superior a un año.

¿Cuál es el plazo máximo que se puede solicitar?

  • El plazo dependerá del monto de la deuda y de la capacidad de pago demostrada.

¿Qué sucede si incumplo el acuerdo?

  •  Se reactivarán los procesos de cobro y podrían generarse nuevas sanciones.

¿Puedo modificar mi facilidad de pago?

  • Sí. Debe presentar una solicitud de modificación antes de incumplir.

¿Cómo solicitarla?

  • Paso 1: Consulte su estado de cuenta 👉 https://cutt.ly/rryTvnXT

  • Paso 2: Reúna los documentos necesarios.

  • Paso 3: Radique la solicitud en la Dirección Seccional o a través de PQSR virtual.

  • Más preguntas frecuentes aquí 👉 (sección Facilidades de pago) .

Conozca las fechas de las jornadas en 2025

Mes

Fecha

Mes

Fecha

Enero

20 al 24

Julio

14 al 19

Febrero

17 al 21

Agosto

19 al 22

Marzo

17 al 21

Septiembre

15 al 19

Abril

21 al 25

Octubre

20 al 24

Mayo

26 al 30

Noviembre

10 al 14

Junio

16 al 20

Diciembre

9 al 12

Sala de prensa

​Aquí encontrará nuestros comunicados de prensa sobre las jornadas nacionales de cobro “Al día con la DIAN, le cumplo al país".