Consiste en la exención del pago de todo tributo y de los derechos de importación que graven el ingreso al país de los bienes que se describen como menaje doméstico. Ten en cuenta que la DIAN establece cada año el valor de UVT (Unidad de Valor Tributario, la cual permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la DIAN)
Consulta la normatividad técnica en el siguiente enlace https://www.dian.gov.co/normatividad/Paginas/normas.aspx
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley 1565 de 2012?
Ser mayor de edad.
Acreditar que ha permanecido en el extranjero por lo menos 3 años.
Manifestar a la autoridad competente el interés de retornar al país acogiéndose a la Ley 1565 de 2012. No tener condenas vigentes en el exterior o en Colombia, por delitos relacionados con el tráfico y trata de personas, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, tráfico de armas, violaciones al Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Tampoco se beneficiarán aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos contra la administración pública.
No tener más de 12 meses residiendo en el territorio nacional después de haber retornado.
Sobre la exención tributaria debes conocer lo siguiente:
Si el valor de los bienes importados al país excede el monto exonerado, deberás cancelar los tributos por el excedente.
Para acreditar ante la DIAN tu derecho a las exenciones aduaneras y tributarias debes presentar el certificado de beneficiario de la Ley 1565 de 2012 que recibiste en tu correo electrónico.
El plazo para que ingreses al territorio aduanero nacional, los bienes a importar exentos de tributos aduaneros, es de 1 mes antes, o hasta 4 meses después de su arribo a Colombia.
Deberás adelantar los trámites aduaneros para obtener el levante de los bienes en el mes siguiente a tu llegada al territorio aduanero nacional. Este tiempo podrá ser prorrogado por 1 mes adicional en los casos autorizados por la DIAN.
Transcurrido el tiempo de 2 meses de la llegada de los bienes a Colombia, sin que se hubiere presentado la respectiva declaración de legalización, la DIAN podrá disponer de los bienes por ser de propiedad de la Nación.
Deberás pagar los gastos de transporte y trámites aduaneros que se causen por la importación de tu menaje doméstico y/o de los bienes que uses en el desempeño de tu profesión, oficio o actividad empresarial.
Para más información puedes consultar la Ley de Retorno 1565 de 2012, en el siguiente enlace: https://cutt.ly/BEDovtX