Las personas naturales que se encuentren en el exterior podrán enviar la solicitud de inscripción o actualización del RUT, a través del servicio de "PQSR y Denuncias" de la página DIAN www.dian.gov.co o por el medio que se establezca para tal fin anexando escaneado su documento de identidad y pasaporte en donde conste la fecha de salida del país. En caso de que por política de migración el solicitante no cuente con esta constancia, deberá manifestarse por escrito la fecha de salida del país.
Parágrafo 1 del artículo 1.6.1.2.10 del Decreto 1625 de 2016 Compilación Jurídica de la DIAN - Decreto 1625 de 2016
Adicional a los documentos escaneados, para facilitar la gestión del trámite podrá enviarnos la Hoja 1 del Formulario del RUT .
Una vez la DIAN formalice el respectivo trámite, enviará a la dirección electrónica informada por el peticionario el certificado del RUT.