La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) presenta el servicio de Registro Único Tributario (RUT), que constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN, así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la DIAN conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes.
Los beneficios más importantes de este servicio son:
Permite contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
La vigencia de la inscripción en el RUT es indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación, esto sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar.
Permite el diligenciamiento virtual de las solicitudes de inscripción y de actualización, sujetas a verificación.
Define cada una de las responsabilidades de índole tributaria y aduanera a las cuales están sujetos los contribuyentes, permitiendo a la administración tributaria ejercer un mejor control sobre el cumplimiento de las mismas y, adicionalmente, comunicar al contribuyente oportunamente sobre el vencimiento de las obligaciones fiscales.
Al sustituir e incorporar los registros tributarios, nacional de vendedores, nacional de exportadores, usuarios aduaneros, el de profesionales de compra y venta de divisas y el registro único de beneficiarios finales en el Registro Único Tributario (RUT), se está prestando un servicio integral que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites.
Tanto el proceso de inscripción como el de actualización podrán surtirse en forma asistida en cualquier administración de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, cámaras de comercio o puntos de contacto habilitados para el efecto, sin importar el lugar del domicilio principal de quien se esté registrando; estos procesos también podrán realizarse de manera virtual en su totalidad sin necesidad de firma electrónica.
Los usuarios de la DIAN que cuenten con firma electrónica podrán realizar de manera virtual todos los procesos de actualización del RUT, con verificación; a excepción de la actualización de datos de identificación.
La información registrada en el RUT se podrá compartir con otras entidades del Estado, previo convenio con la DIAN, para efectos de su gestión y control, con la consecuente simplificación de trámites.
¿Qué se puede hacer?
El diligenciamiento del formulario oficial de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) a través de los servicios en línea, de manera virtual o presencial. La opción presencial implica, en todo caso, el diligenciamiento de la solicitud de inscripción a través de los servicios en línea en forma asistida, en las administraciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, cámaras de comercio o puntos de contacto habilitados para el efecto, igual situación se presenta para los procesos de actualización del RUT con verificación.
Cuando se tenga firma electrónica se podrán surtir en forma virtual, en su totalidad, los procesos de actualización del RUT con verificación.
El formulario del Registro Único Tributario (RUT) y el formato para actualización RUT con verificación, están a su disposición para el diligenciamiento virtual en el portal de la DIAN
Número | Nombre |
1 | Formulario del Registro Único Tributario |
1180 | Formato Solicitud actualización RUT con verificación |