Calendario implementación
Tips para identificar el grupo al que corresponde en los calendarios de implementación de Factura Electrónica:
Los grupos de obligados del
calendario 1, son seleccionados por la actividad económica principal registrada en el RUT, conforme a los códigos CIIU.
El
calendario 2 informa la calidad del contribuyente, ejemplo: Gran Contribuyente, Entidad del Estado, empresas del sector público, etc… por favor consulte su actividad económica y sus responsabilidades registradas en la casilla 53 del RUT.
El
calendario permanente, es para todos aquellos que constituyan su empresa, pasen a ser responsables de IVA o impuesto al consumo, con posterioridad a la fecha que aplicaría en los calendarios 1 y 2, inmediatamente suceda alguno de los hechos descritos anteriormente, se deberá iniciar a generar facturas electrónicas dentro de los dos meses siguientes.
Consulta del calendario por código ciuu -
¿Dónde puedo ver el código de mi actividad?
El código de la actividad económica principal se encuentra registrado en el RUT- Registro Único Tributario, casilla 46.
Los Códigos CIIU, se encuentran en la Resolución 139 de 2012; los códigos de las actividades económicas se componen de un número de 4 dígitos.
https://www.dian.gov.co/ciiu/Documents/Resolucion_000139_21_Nov_2012.pdf
Grandes Contribuyentes
Los Grandes Contribuyentes son personas naturales o jurídicas clasificadas por la DIAN.
https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/Paginas/Grandes-Contribuyentes.aspx
Estado
Las entidades del Estado del orden nacional, territorial y las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios que se encuentran reguladas por la Ley 142 de julio 11 de 1994 o las disposiciones que la modifiquen o adicionen.
Más información
aquí
Instituciones Educativas Autorizadas
Sección P División 85 Resolución DIAN 139 de 2012
Personas Jurídicas que desarrollen actividades de seguros y títulos de capitalización
Sección K Actividades financieras y de seguros Divisiones 64 a 66 Resolución DIAN 139 de 2012
Personas naturales que desarrollen la función notarial
Decreto 960 de 1970
Personas naturales con ingresos superiores a 3.500 e inferiores a 12.000