Renta Régimen Ordinario
Con el ánimo de garantizar la calidad, veracidad y confiabilidad de la información del Registro Único Tributario, es preciso verificar la información del Registro y la concordancia del mismo con la normatividad vigente.
En el artículo 7° del Decreto 2972 de 2013, se establecen las condiciones de los NO Declarantes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios por el año gravable 2013. La Subdirección de Gestión de Análisis Operacional realizó las verificaciones correspondientes y para aquellos clientes que inclumplen alguno (s) de los requisitos allí establecidos, se procedió a la actualización de oficio del Registro Único Tributario con la incorporación de la responsabilidad 05 "Renta Régimen Ordinario" en la casilla 53 del formulario, de conformidad con lo establecido en los artículos 555-2 del Estatuto Tributario y 14 del Decreto 2460 de 2013.
Lo invitamos a consultar si su RUT ha sido actualizado de oficio y obtenga la copia del certificado del Registro Único Tributario generado en este trámite, ingresando a los Servicios en Línea de la página web de la Entidad www.dian.gov.co.
Para cualquier información comuníquese al Contact Center a la siguiente línea telefónica:
057(1) 3556922 Bogotá D.C, horario de atención de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 p.m.
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