I. GENERALIDADES DEL TRÁMITE
1. ¿Cómo puedo solicitar una resolución de clasificación arancelaria?
Respuesta: La solicitud de clasificación arancelaria se realiza por la página web de la Entidad en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/SARP/Paginas/Resoluciones-Anticipadas-de-Arancel.aspx
2. ¿Cuál es el costo de una solicitud de resolución de clasificación arancelaria?
Respuesta: El costo del servicio para el año 2026 es el siguiente:
-Para un producto de $727.127 m/cte con IVA incluido.
-Para unidades funcionales: $1.454.254 m/cte con IVA incluido.
Cada solicitud debe incluir su comprobante de pago. Si no se paga o es incompleto, la solicitud se considera no presentada.
3. ¿Las resoluciones de clasificación arancelaria son vinculantes?
Respuesta:
Sí. Una vez en firme y publicada en el Diario Oficial, son de obligatorio cumplimiento
4. ¿Cuál es la vigencia de una resolución de clasificación arancelaria?
Respuesta: Las resoluciones de clasificación arancelaria anticipadas y ordinarias comienzan a regir así:
a. Para el solicitante, a partir del día siguiente de la firmeza de la resolución.
b. Para terceros, a partir del día siguiente a la publicación en el Diario oficial.
Se mantienen vigentes mientras no cambien las condiciones bajo las cuales fue emitida, conforme a lo establecido en los artículos 301 y 306 del Decreto 1165 de 2019.
5. ¿Quién puede solicitar una resolución de clasificación arancelaria ordinaria?
Respuesta: Cualquier persona natural o jurídica directamente o a través de su mandatario o apoderado.
6. ¿Quién puede solicitar una resolución anticipada de clasificación arancelaria?
Respuesta: Un exportador o productor ubicado fuera del territorio nacional, un importador o cualquier particular legitimado directamente o a través de su representante o apoderado, que quiera importar sus bienes al Territorio Aduanero Nacional (TAN), conforme al artículo 298 del Decreto 1165 de 2019.
7. ¿Cuándo se puede solicitar una resolución anticipada de clasificación arancelaria?
Respuesta: Cuando un exportador o productor del exterior o un importador colombiano antes de la importación de la mercancía desea establecer con certeza el trato que Colombia concederá a la mercancía en el momento de la importación respecto a la clasificación arancelaría de su producto.
8. ¿Cuándo no se debe solicitar una resolución anticipada de clasificación arancelaria?
Respuesta:
- Cuando la mercancía sea de procedencia extranjera pero ya ha sido introducida al territorio nacional.
-Cuando se trate de mercancía para la que haya en curso una investigación administrativa por parte de la DIAN o un proceso en la jurisdicción de lo contencioso administrativo o ya exista un fallo.
- Cuando la mercancía sea de fabricación nacional o vaya a ser objeto de exportación.
- Para una unidad funcional que arriba al territorio aduanero nacional antes de la expedición de la resolución.
En estos casos el interesado puede solicitar una resolución de clasificación arancelaria ordinaria.
9 ¿Se puede presentar la solicitud de resolución anticipada en trámite como soporte de la declaración de importación de una unidad funcional?
Respuesta: No. La solicitud de una resolución anticipada de clasificación arancelaria que se encuentra en trámite no puede presentarse como documento soporte de la declaración de importación.
10. ¿Cuándo se requiere poder o mandato?
Respuesta: Cuando el solicitante actúa a nombre de un tercero.
2. UNIDADES FUNCIONALES
11. ¿Qué se entiende por unidad funcional en clasificación arancelaria?
Respuesta: Se considera unidad funcional una máquina o una combinación de máquinas que están constituidas por elementos individualizados para realizar conjuntamente una función definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84, 85 o 90, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y la Nota 3 del Capítulo 90 del Arancel de Aduanas, o la norma que haga sus veces, clasificada en la partida correspondiente a la función que realice.
12. ¿Qué condición debe cumplir un conjunto de máquinas para ser considerado unidad funcional?
Respuesta: La combinación de máquinas deben adelantar conjuntamente una función netamente definida en los capítulos 84, 85 o 90 del Arancel de Aduanas.
13. ¿Qué equipos se incluyen en una unidad funcional?
Respuesta: Solamente las máquinas y aparatos necesarios para realizar la función definida, por lo tanto, se excluyen máquinas o aparatos que tengan funciones auxiliares y no contribuyan a la función del conjunto
14. ¿Cómo se clasifica una unidad funcional en el arancel?
Respuesta: Se clasifica en una sola partida arancelaria, correspondiente a la función que realiza el conjunto, conforme a la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado.
15. ¿La figura de unidad funcional aplica únicamente a los Capítulos 84 y 85?
Respuesta: No. También aplica al Capítulo 90, en virtud de su Nota 3, que extiende la aplicación de las Notas 3 y 4 de la Sección XVI.
16. ¿Qué sucede si se importan más o menos equipos de una unidad funcional ya clasificada?
Respuesta: La resolución expedida pierde validez, ya que la clasificación se realiza para el conjunto de máquinas y aparatos descritos en la misma.
17. ¿Se puede importar una unidad funcional sin tener la resolución de clasificación arancelaria?
Respuesta: No. La resolución es documento soporte de la declaración de importación.
3. INFORMACIÓN TÉCNICA Y DOCUMENTACIÓN
18. ¿Qué información técnica de la mercancía debe aportar en la solicitud?
Respuesta:
• nombre técnico
• características físicas y técnicas
• composición porcentual
• proceso de obtención
• uso y características de funcionamiento
19. ¿Qué documentación se debe anexar a la solicitud?
Respuesta:
Toda la información
necesaria para identificar plenamente la mercancía, como:
• fichas técnicas
• catálogos
• certificados de análisis
• planos
• fotos
• etiquetas
No existe una lista cerrada, depende del producto.
20. ¿La información debe estar en español?
Respuesta: Sí. Los documentos deben estar en español o debidamente traducidos conforme a la normativa vigente.
21. ¿Se puede omitir información confidencial?
Respuesta: No. Si la información es determinante para la clasificación, debe aportarse indicando su carácter confidencial.
4. DESCRIPCIÓN DE EQUIPOS Y COMPONENTES
22. ¿Para unidades funcionales se deben incluir listado detallado de equipos?
Respuesta: Sí. Se debe presentar un listado estructurado indicando:
| Nº consecutivo | Cantidad del equipo principal | Unidad de medida equipo principal | Nombre del equipo principal (español) | Características físicas -técnicas más relevantes | Componentes relevantes (cantidad, unidad, nombre en español) | Función del equipo principal |
| 1 | 1 | Unidad | Ej: Unidad de trituración, banda transportadora, silo, comedero, control principal, etc. | Ej: dimensiones, materiales de fabricación, capacidad, potencia, voltaje, amperaje, temperatura, presión, frecuencia, intensidad, puertos de conexión, velocidad, BTU/H, fuerza, etc. | Ej:- Un (1) unidad de motor eléctrico trifásico 30 kW - Dos (2) unidades de cuchillas rotativas de acero templado Una ( 1) unidad de tolva de alimentación reforzada | Ej: Triturar las baterías de litio para reducir su tamaño como etapa inicial del proceso de reciclaje |
23. ¿Se deben desglosar las máquinas en partes?
Respuesta: No. Se deben presentar como equipos completos, indicando sus componentes principales.
24. ¿Cómo se deben describir los componentes cuando el equipo incluye kits, sets o conjuntos?
Respuesta: Cuando un equipo incluya juegos, sets, kits o conjuntos, se debe indicar:
• Cantidad de elementos que lo compone
• Unidad de medida
• Nombre (en español)
Adicionalmente, se debe utilizar expresiones como:
“compuesto por" o “cada uno compuesto por", seguido de los elementos principales que lo integran.
La descripción debe ser general, sin desgloses minuciosos de elementos menores.
por ejemplo:
• Un (1) conjunto de tracción compuesto por: una (1) polea, un (1) motorreductor.
• Un (1) kit de instalación eléctrica, compuesto por: cien (100) metros de cable, seis (6) fusibles.
No se deben detallar elementos menores como:
• Tornillería
• Perfilería
• Elementos de fijación
5. EXCLUSIÓN DE ELEMENTOS
25. ¿Qué tipo de elementos no deben incluirse en la solicitud de clasificación arancelaria de una unidad funcional?
Respuesta: No deben incluirse elementos que no intervengan directamente en la función del equipo o sistema, tales como:
• Equipos de mantenimiento o adecuación
• Unidades de respaldo
• Equipos auxiliares que no participen directamente en la función desarrollada por la combinación de máquinas
• Tarros con fluidos, lubricantes o sustancias consumibles
• Elementos propios de obra civil
• Herramientas de instalación y/o reparación
26. ¿Por qué no deben incluirse estos elementos en la solicitud de clasificación de una unidad funcional?
Respuesta: Porque no forman parte de la función específica del equipo o sistema objeto de clasificación.
La evaluación técnica se limita a los componentes que contribuyen directamente al desempeño funcional, conforme a la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado.
27. ¿Cuál es el criterio para determinar qué componentes deben incluirse en una unidad funcional?
Respuesta: Únicamente deben incluirse las máquinas y aparatos que intervengan directamente en la función determinada, conforme a los criterios del Sistema Armonizado aplicables a combinaciones de máquinas.
6. ERRORES FRECUENTES
28. ¿Qué errores o deficiencias en la solicitud generan requerimientos de información por parte de la DIAN?
Respuesta:
• descripciones incompletas
• inconsistencias entre documentos
• falta de características técnicas de máquinas y aparatos
• ausencia de información sobre el proceso
• falta información relacionada con la función de las mercancías o equipos.
29. ¿Es necesario explicar el funcionamiento del conjunto de máquinas?
Respuesta: Sí. Se debe describir de manera secuencial el proceso y la función de cada máquina o aparato, especialmente en unidades funcionales.
30. ¿Por qué es importante la coherencia entre documentos?
Respuesta: Porque inconsistencias entre catálogos, planos y descripciones impiden identificar correctamente la mercancía.
7. CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
31. ¿Cuáles son los elementos fundamentales para clasificar una mercancía?
Respuesta: Se deben considerar dos elementos esenciales:
32. ¿Por qué es importante el conocimiento técnico de la mercancía?
Respuesta: Porque permite identificar correctamente sus características, función y composición, lo cual es indispensable para ubicar la subpartida arancelaria adecuada.
33. ¿Qué ocurre si no se cuenta con información técnica suficiente?
Respuesta: No es posible realizar una clasificación arancelaria precisa, lo que puede generar:
• Requerimientos de información
• Demoras en el trámite
8. REGLAS DEL SISTEMA ARMONIZADO
34. ¿Qué papel cumplen las Reglas Generales Interpretativas en la clasificación arancelaria?
Respuesta: Son los principios que rigen la correcta clasificación de las mercancías y deben aplicarse de manera obligatoria junto con las Notas legales y los textos de las partidas y de las subpartidas.
35. ¿Se puede clasificar una unidad funcional sin aplicar las Reglas Generales Interpretativas?
Respuesta: No. La clasificación siempre debe realizarse conforme a las Reglas Generales Interpretativas, las Notas de sección, de capítulo y de subpartida y el texto de partidas y subpartidas.
9. ASPECTOS OPERATIVOS
36. ¿Se debe indicar la ubicación donde se instalará la mercancía?
Respuesta: Sí cuando se trate de unidades funcionales, indicando además de la ubicación geográfica, el área.
37. ¿Es obligatorio asistir a reunión técnica con la DIAN?
Respuesta: No, sin embargo, esta permite dar claridad frente a la mercancía que se pretende clasificar arancelariamente y aclarar inquietudes. Se recomienda asistir con un experto conocedor de la mercancía.
38. ¿Qué pasa si no se responde un requerimiento de información?
Respuesta: Se declara el desistimiento y se archiva la solicitud sin devolución del pago.
39. ¿Cuánto tiempo hay para responder un requerimiento?
Respuesta: Dos (2) meses, prorrogables por una sola vez hasta por el mismo término, a solicitud del interesado.