¿Quiénes pueden ser calificados como agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios sujetos a retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros, sometidos a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios, personas jurídicas y los calificados como Grandes Contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos en la Resolución No.000055 de octubre 11 de 2017.
¿Quién debe actualizar el RUT registrando la responsabilidad de agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Cada una de las direcciones seccionales proceden a actualizar el RUT con el acto administrativo debidamente ejecutoriado incluyendo la responsabilidad 45 “Autorretenedor de rendimientos financieros".
¿A partir de cuándo se puede anunciar la calidad de agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Cuando la responsabilidad 45 se encuentre registrada en el RUT.
¿Puede el contribuyente solicitar que se le retire la calificación de agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Sí, previa evaluación de las circunstancias que motivan la solicitud.
¿Puede un contribuyente solicitar que se le otorgue la calidad de agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Si, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la norma vigente.
¿En qué momento se puede realizar la solicitud?
En cualquier momento.
¿Cuál es el tiempo para obtener respuesta por parte de la DIAN para conocer si se aprobó la calidad de agente autorretenedor de rendimientos financieros?
Dos (2) meses, contados a partir del recibo de la solicitud con el lleno de todos los requisitos, para resolverla, bien sea otorgando o negando la autorización.
¿Por cuánto tiempo se cuenta con la calidad de Autorretenedor de rendimientos financieros?
La Resolución se otorga a la sociedad por tiempo indefinido, siempre y cuando no se encuentre incursa en las causales de suspensión establecidas en la Resolución No. 000055 del 11 de octubre de 2017.