Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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 Acordeón

 Vencimientos marzo de 2025

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en marzo de 2025

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de Marzo de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.   

Para el mes de marzo de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

1.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- correspondiente al bimestre enero - febrero, entre el 11 al 25 de marzo. 

2.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- a cargo de los prestadores de servicios desde el exterior, por el bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo.  

3.         Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de febrero, entre el 11 y el 25 de marzo.

4.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Consumo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis), correspondiente al bimestre enero - febrero, entre el 11 al 25 de marzo.

5.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de febrero, hasta el 14 de marzo.

6.         Personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa – PES en Colombia - pagos bimestrales enero – febrero, hasta el 14 de marzo. 

7.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, correspondiente al bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo. 

8.         Presentación y pago del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, correspondiente al bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo. 

9.         De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.

Consultar link https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario-GMF-2025.pdf#search=gmf 

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:

1.  Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

2.  La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

3.  La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año. 

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público. 

Notas de interés. 

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.  

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en enero de 2025.  

Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN:  

  1. El 07 de enero de 2025 la DIAN expide Concepto 000033 Tributario (Int 4) relacionado con las cuentas por cobrar derivadas de exportaciones, vinculadas al giro ordinario de los negocios del contribuyente deben incluirse en la declaración de activos en el exterior. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace:

https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_0033_2025.htm? 

  1. El 09 de enero de 2025 la DIAN expide Concepto 000458 (Int 26) el cual trata de la procedencia de recursos contra declaratoria de silencio administrativo en materia tributaria, cambiaria y aduanera. Consultar el texto completo en el siguiente enlace:

https://www.dian.gov.co/Contribuyentes-Plus/Documents/4-CONCEPTO-000458-int-26-DE-2025-ENERO-9.pdf 

Normas expedidas en enero de 2025:  

La Resolución 000003 del 21 de enero de 2025, por la cual se prescribe el Formulario No. 430 "Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM" para el año gravable 2025 y siguientes. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000003%20de%2021-01-2025.pdf

Resolución 000004 del 24 de enero de 2025, por la cual se prescribe el Formulario No. 115 "Declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de contribuyentes con presencia económica significativa - PES en Colombia" para el año gravable 2024 y siguientes. El texto completo lo encuentra en: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000004%20de%2024-01-2025.Pdf 

Resolución 000008 del 31 de enero de 2025, por la cual se ajustan las tarifas del Impuesto Nacional a la gasolina y al ACPM y del Impuesto nacional al carbono. Consultar el texto completo en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000008%20de%2031-01-2025.pdf    

Para consultar el Calendario Tributario 2025, el enlace habilitado es: Calendario_Tributario_2025.pdf

 Vencimientos febrero de 2025

Plazos para declarar y pagar impuestos nacionales en febrero de 2025

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de Febrero de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.   

Para el mes de febrero de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son:

1. Pago de la primera cuota del impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2024, entre el 11 y el 24 de febrero.

2. Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de enero, entre el 11 y el 24 de febrero.

3. Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de enero, hasta el 14 de febrero.

4. Presentación y pago de Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, causados durante el año gravable 2024, hasta el 14 de febrero.

5. De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Consultar link https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario-GMF-2025.pdf#search=gmf

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:
         1. Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
         2. La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
         3. La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.
6. Registro Único de Beneficiarios Finales – Actualización, el 1 de febrero de 2025.

Notas de interés.

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado "Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co. Al ingresar encontrará el "Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad. Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico. A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en los últimos meses de 2024.

Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN: 

  1. El 03 de diciembre de 2024 la DIAN expide Concepto 021797 (Tributario) (Int 1119) como décima adición al Concepto General 003744 del 28 de marzo de 2023 sobre Impuestos Saludables. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_21797_2024.htm

  2. El 12 de diciembre de 2024 la DIAN expide Concepto 022478 (Tributario) (Int 1164) como adición al Concepto Unificado 0106 del 19 de agosto de 2022 sobre obligación a facturar y sistema de factura electrónica. Consultar el texto completo en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_22478_2024.htm

     

Normas expedidas en los últimos meses de 2024: 

La Resolución 000193 del 04 de diciembre de 2024 fija el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2025. El texto completo lo encuentra en:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000193%20de%2004-12-2024.pdf

La Resolución 000196 del 13 de diciembre de 2024 modifica el artículo 23 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, anexo técnico del Registro Único de Beneficiarios. Consultar el texto completo en el siguiente enlace:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000196%20de%2013-12-2024.pdf

La Resolución 000199 del 19 de diciembre de 2024 establece para el año gravable 2025 y siguientes, el contenido, las características técnicas y los plazos para la presentación de información que deben suministrar los operadores de plataformas sujetos a reportar a la DIAN de conformidad con la Ley 1661 de 2013. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000199%20de%2019-12-2024.pdf

La Resolución 000200 del 27 de diciembre de 2024 por medio de la cual se califican algunos contribuyentes, responsables y/o agentes de retención como grandes contribuyentes. El texto completo lo encuentra en:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000200%20de%2027-12-2024.pdf

La Resolución 000201 del 30 de diciembre de 2024 adiciona el segundo inciso al artículo 1 de la resolución 158 de 2023 y prescribe el formulario 505 versión 2 "impuestos a la importación de bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, para el año 2025 y siguientes". El texto completo lo encuentra en:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000201%20de%2030-12-2024.pdf

La Resolución 000202 del 30 de diciembre de 2024 Por la cual se prescribe el formulario No. 335 "Declaración del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas" para el año gravable 2025 y siguientes. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace:

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000202%20de%2031-12-2024.pdf


Para consultar el Calendario Tributario 2025, el enlace habilitado es:

Calendario_Tributario_2025.pdf

 

 Vencimientos enero de 2025

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en enero de 2025

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de enero de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.   

Para el mes de enero de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

1.      Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de diciembre, entre el 13 y el 24 de enero de 2025. 

2.      Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- correspondiente al bimestre noviembre - diciembre, entre el 13 al 24 enero de 2025. 

3.      Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- a cargo de los Prestadores de Servicios desde el Exterior, por el bimestre noviembre - diciembre, hasta el 16 de enero de 2025. 

4.      Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Consumo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis), correspondiente al noviembre - diciembre, entre el 13 al 24 enero de 2025. 

5.      Personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa – PES en Colombia - pagos anticipados bimestrales noviembre - diciembre, hasta el 16 de enero de 2025. 

6.      Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de diciembre, hasta el 16 de enero de 2025. 

7.      Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, por el bimestre noviembre - diciembre, hasta el 16 de enero de 2025. 

8.      Presentación y pago del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, correspondiente al bimestre noviembre - diciembre, hasta el 16 de enero de 2025.

9.      De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.

Consultar link https://www.dian.gov.co/PublishingImages/CalendarioGMF2024.jpg 

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:

  • Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

  • La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

  • La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año. 

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público. 

10.   Registro Único de Beneficiarios Finales – Actualización, el 1 de febrero de 2025. 

Notas de interés.

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares. 

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en los últimos meses de 2024.

Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN:  

1.    El 05 de noviembre la DIAN expide Concepto 020227 (Tributario) (Int 963) relacionado con la aplicación del plazo para la generación del documento equivalente electrónico tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros que contempla el artículo 29 de la Resolución 000165 de 2023, como adición al concepto unificado 0106 del 19 de agosto de 2022. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_20227_2024.htm 

2.    El 08 de noviembre la DIAN expide Concepto 008657 (Tributario) (Int 983) indicando si se causa retención en la fuente a título de renta, cuando se ejecuta el pacto de retroventa de un inmueble, cuyo vendedor y comprador son personas jurídicas. Consultar el texto completo en el siguiente enlace:
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_8657_2024.htm?resaltar=concepto+008657 

3.    El 18 de noviembre la DIAN expide Concepto 020900 (Tributario) (Int 1031) como adición al concepto unificado 0106 del 19 de agosto de 2022 desarrollando el tema del documento equivalente electrónico -DEE tiquete máquina registradora con sistema POS. Puede consultar el texto completo en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_20900_2024.htm 

Normas expedidas en los últimos meses de 2024: 

La Resolución 000192 del 25 de noviembre de 2024 modifica el artículo 13 de la Resolución 44 de 2019, a su vez modificada por el artículo 1 de la Resolución 3 de 2021 que dictó disposiciones de las operaciones aduaneras sujetas a la utilización de dispositivos electrónicos de seguridad y selección de operadores. El texto completo lo encuentra en: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000192%20de%2025-11-2024.Pdf

Para consultar el Calendario Tributario 2024, el link habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf

Para consultar el Calendario Tributario 2025, el link habilitado es:Calendario_Tributario_2025.pdf

Para consultar novedades jurídicas, el link habilitado es: https://www.dian.gov.co/Contribuyentes-Plus/Paginas/Normatividad.aspx

 Histórico Datos 2021 a 2024

  • ​Consulte aquí el Histórico Datos de los años 2021 al 2024