Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

 

Acordeón

Vencimientos abril de 2024

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en abril de 2024

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de abril de 2024, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023. 

Para el mes de abril de 2024, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

  1. Pago de la segunda cuota del impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2023, entre el 9 y el 22 de abril.

  2. Presentación de la Declaración Anual de Activos en el Exterior año 2024, entre el 9 y el 22 de abril.

  3. Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de marzo, entre el 9 y el 22 de abril.

  4. Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de marzo, hasta el 12 de abril.

  5. De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. 

Consultar enlace https://www.dian.gov.co/PublishingImages/CalendarioGMF2024.jpg

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:

  1. Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

  2. La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

  3. La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público 

Notas de interés. 

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en el mes de marzo de 2024. 

Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN:  

1. El 14 de febrero la DIAN expide el Concepto 3028 2024 (Int.87) de 2024 - 3o versión de la Compilación de la doctrina oficial emitida sobre la Ley 2277 de 2022.  El pronunciamiento contempla temas relacionados con: i) Impuesto sobre la Renta, ii) Impuesto al Patrimonio, iii) Impuesto de Timbre Nacional, iv) Impuestos Ambientales, v) Impuestos Saludables, vi) Procedimiento Tributario y Aduanero, entre otros. 

El texto completo del Concepto se encuentra publicado en:

https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_3028_2024.htm  

2.  El 2 de febrero la entidad emite el Concepto 2112 (Int.059) de 2024. Referencia:  Adición al Concepto General Unificado sobre Procedimientos Administrativos Aduaneros número 032143 (Int.1465) de diciembre 31 de 2019. 

Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_2112_2024.htm

Normas publicadas por la entidad durante el mes de marzo de 2024:

El 14 de marzo, expide la Resolución Número 000044 de 2024 “Por la cual se prescribe el Formulario No. 210 <<Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes>> para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias 2023 y siguientes"

Esta Resolución se encuentra publicada en la siguiente dirección electrónica: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000044%20de%2014-03-2024.pdf  

Para consultar el Calendario Tributario 2024, el enlace habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf 

Vencimientos marzo de 2024

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en marzo de 2024

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de marzo de 2024, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.   

Para el mes de marzo de 2024, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

1.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- correspondiente al bimestre enero - febrero, entre el 11 al 22 marzo. 

2.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA, a cargo de los prestadores de servicios desde el exterior, por el bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo.  

3.         Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de febrero, entre el 11 y el 22 de marzo.

4.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Consumo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis), correspondiente al bimestre enero - febrero, entre el 11 al 22 marzo. 

5.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, por el bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo. 

6.         Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de febrero, hasta el 14 de marzo. 

7.         Presentación y pago del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, correspondiente al bimestre enero - febrero, hasta el 14 de marzo. 

8.         De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.

Consultar link https://www.dian.gov.co/PublishingImages/CalendarioGMF2024.jpg 

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas: 

1.   Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

2.   La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

3.   La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año. 

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público 

Notas de interés. 

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en el mes de febrero de 2024: 

Novedades Tributarias en el portal web de la DIAN: 

1. El 10 de enero la DIAN expide el Concepto 514 de 2024 (Int. 018) - Aclaración sobre la Quinta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022 - (006363 – Int. 618 de 2023), en lo relacionado con Tasa mínima de tributación.   El texto completo del Concepto se encuentra publicado en: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_0514_2024.htm    

2. Los días 18, 19 y 30 de enero la entidad emite los Conceptos 1169 de 2024 (Int. 025), 1170 de 2024 (Int. 028) y 1865 de 2024 (Int.052) como adiciones 5°, 6° y 7° al Concepto General sobre los impuestos saludables (003744 – Int. 383 de 2023). - Descriptores:  Base gravable, Causación, Hecho generador y Régimen sancionatorio.  Podrá acceder al texto completo de cada uno de los Conceptos a través de los siguientes links: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_1169_2024.htm

https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_1170_2024.htm

https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_1865_2024.htm

3. El 29 de enero la DIAN expide el Concepto 1816 de 2024 (Int. 048) – Cuarta adición al Concepto General sobre el Impuesto sobre la renta a cargo de las personas naturales con motivo de la Ley 2277 de 2022 (003966 Int. 416 de 2023).  Descriptores:  Deducciones y Renta líquida gravable.  Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_1816_2024.htm

Normas expedidas por la entidad durante el mes de febrero de 2024: 

1. El 20 de febrero expide la Resolución 000022 de 2024 “Por la cual se prescribe el Formulario No. 220 "Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones para los años gravables 2023 y siguientes", en aplicación del artículo 378 del Estatuto Tributario y del numeral 2° del artículo 8° del Decreto 1742 de 2020. https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000022%20de%2020-02-2024.pdf

2. El 31 de enero expide la Resolución 000007 de 2024 “Por la cual se ajustan las tarifas del Impuesto Nacional a la gasolina y al ACPM, y del Impuesto nacional al carbono".  En sus artículos 1° y 2° define que el impuesto se liquidará a partir del primero de febrero de 2024 sobre las bases gravables y conforme con las tarifas descritas en cada artículo.  Esta Resolución se encuentra publicada en la siguiente dirección electrónica: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000007%20de%2031-01-2024.pdf

Para consultar el Calendario Tributario 2024, el link habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf

Vencimientos febrero de 2024

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en febrero de 2024 

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de febrero de 2024, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023. 

Para el mes de febrero de 2024, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

1. Pago de la primera cuota del impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2023, entre el 9 y el 22 de febrero.

2. Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de enero, entre el 9 y el 22 de febrero.

3. Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de enero, hasta el 14 de febrero. 

4. De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.  

Consultar link https://www.dian.gov.co/PublishingImages/CalendarioGMF2024.jpg 

Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas: 

1. Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

2. La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

3. La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público 

5. Presentación y pago de Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, causados durante los años gravables 2022 y 2023, hasta el 23 de febrero. 

6. Registro Único de Beneficiarios Finales – Actualización, el 1 de febrero de 2024. 

Notas de interés. 

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares. 

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas a finales de diciembre de 2023 y en el mes de enero de 2024:

Novedades jurídicas en el portal web de la DIAN:  

1. Los días 26 y 29 de diciembre la DIAN expide los Conceptos 100208192-1261 (Rad:024584) y 100208192-1292 (Rad:024815) como adiciones al Concepto Unificado 0106 de agosto 19 de 2022 - Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica.  El texto completo de cada Concepto se encuentra publicado en: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_24584_2023.htm?resaltar=24584

 y  https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_24815_2023.htm?resaltar=100208192 

2. El 26 de diciembre la DIAN expide el Concepto 1100208192-1264 (Rad:007615) para que los obligados a suministrar información en el RUB puedan reportar las fallas que presente el Sistema Informático de la DIAN que imposibiliten la presentación electrónica de la información dentro del término legal. Podrá consultar su contenido en el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_7615_2023.htm?resaltar=7615

 3. El 27 de diciembre de 2023 la DIAN expide el Concepto 100208192-1286 (24495) Ref: Quinta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022 (006363 – Int.618 de 2023).  El pronunciamiento contiene análisis de problemas jurídicos relacionados con: (i) Presencia Económica Significativa; (ii) Deducciones: Estado actual del tratamiento tributario del ICA; (iii) Tasa mínima de tributación; (iv) Tarifa para usuarios zona franca; (v) Tarifa general y Otras Tarifas; (vi) Límite a los beneficios y estímulos tributarios. Podrá acceder al Concepto a través del enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_24495_2023.htm?resaltar=1286

4. El 29 de diciembre la entidad emite el Concepto 100208192-1291 (24860). Ref: Adición al Concepto General Unificado 007546 – interno 585 de noviembre 10 de 2020 - Estampilla Pro Universidad Nacional.  Con este pronunciamiento se adiciona al Descriptor 3 (base gravable y tarifa) el numeral 3.4 “con el que se precisa la UVT aplicable a este tributo, en consideración a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019."  El Concepto se encuentra publicado en: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_24860_2023.htm?resaltar=1291

5. El día 22 de enero de 2024 la DIAN publica el Comunicado de Prensa No. 009 en su sitio web institucional, para informar textualmente que: “A partir del 3 de febrero de 2024, los Grandes Contribuyentes que sean facturadores electrónicos y expidan tiquetes de máquina registradora con sistema POS como soporte de las operaciones de venta, deberán implementar el nuevo POS electrónico. Este procedimiento está contemplado en la Resolución 165 expedida en noviembre de 2023 por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). 

'El documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema POS' permitirá al adquirente soportar los impuestos descontables de IVA, costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, siempre y cuando el documento identifique al comprador con el nombre o razón social y su número de identificación o NIT. […]" 

Podrá leer el texto completo de este documento en el siguiente enlace:  https://www.dian.gov.co/Prensa/ComunicadosPrensa/009-los-grandes-contribuyentes-que-expidan-documento-pos-deben-implementar-el-nuevo-pos-electrocnico.pdf 

6. El día 31 de enero de 2024 la DIAN publica la resolución No. 000008 en su sitio web institucional, para informar que se decidió: “Modificar el artículo 23 de la Resolución 00165 del 1º de noviembre de 2023", en cuanto al Calendario de implementación para el documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., de acuerdo con la calidad de contribuyente con relación al impuesto de renta y complementarios.

Que para los grandes Contribuyentes fijó el plazo para la implementación electrónica del documento el 1 de mayo de 2024 y modificó las fechas máximas para implementación de los documentos equivalentes, que se relacionan en el Artículo 1 de la Resolución.

Podrá leer el texto completo de este documento en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000008%20de%2031-01-2024.pdf

Para consultar el Calendario Tributario 2024, el enlace habilitado es: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf

De antemano les recordamos que la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes cambió de sede en Bogotá a la Diagonal 92 #17A – 42, Edificio Brickell Center. 

Vencimientos enero de 2024

Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en enero de 2024 

Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de enero de 2024, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en los Decretos 2487 del 16 de diciembre de 2022, 0219 del 15 de febrero de 2023 y 2229 del 22 de diciembre de 2023.   

Para el mes de enero de 2024, las obligaciones tributarias a cumplir son:  

1.        Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- correspondiente al bimestre noviembre - diciembre, entre el 10 y el 23 de enero.  

2.        Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- a cargo de los prestadores de servicios desde el exterior, por el bimestre noviembre - diciembre, hasta el 16 de enero

3.        Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Consumo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis), correspondiente al bimestre noviembre - diciembre, entre el 10 y el 23 de enero

4.        Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, correspondiente al mes de diciembre, entre el 10 y el 23 de enero

5.        Los agentes retenedores a quienes se les autorizó el plazo especial, y que posean más de  cien (100) sucursales o agencias que practiquen retención en la fuente, que a su vez sean autorretenedores del Impuesto sobre la Renta, podrán presentar la declaración y cancelar el valor a pagar correspondiente al mes de diciembre, hasta el 26 de enero.  

6.        Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de diciembre, hasta el 12 de enero. 

7.        Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, por el bimestre noviembre - diciembre, hasta el 12 de enero. 

8.        Presentación y pago del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, por noviembre -diciembre, entre el 10 y el 23 de enero. 

9.        Presentación y pago de la Declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros - GMF, de forma semanal por lo correspondiente a cada periodo, así: 

• Semana 51 de 2023, del 23 al 29 de diciembre, el 3 de enero de 2024.

• Semana 52 de 2023, del 30 de diciembre al 5 de enero, el 10 de enero de 2024

De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:

  • Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.

  • La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.

  • La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.

Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público

10.    Registro Único de Beneficiarios Finales – Actualización, el 1 de febrero de 2024.

Notas de interés.

Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN" alojado en nuestra página, www.dian.gov.co.  Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN", con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad.  Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.

El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico.  A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en el mes de diciembre de 2024:

Novedades Tributarias: 

  1. El 27 de noviembre el ministro de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2039 de 2023, "… el cual reglamenta las disposiciones de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria) relacionadas con la tributación por Presencia Económica Significativa (PES)" en Colombia.  Podrá consultarlo en el siguiente enlace:
    https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/decreto_2039_2023.htm

  2. El 28 de noviembre la DIAN expide el Concepto 22427 de 2023, Referencia:  Cuarta adición al Concepto General 006363 (Int. 618) de 2023, para absolver un interrogante formulado en torno a la interpretación y aplicación del impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022 "Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones".  El texto completo del Concepto se encuentra alojado en:
    https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_22427_2023.htm

  3. El14 de diciembre la DIAN expide el Concepto 7309 (Int.1981) de 2023 mediante el cual Confirma el Oficio 909023 (Int. 168) de diciembre 29 de 2022, así como el Oficio 903365 (Int. 518) de abril 28 de 2022, en relación con el tema de obligación de facturar y facturación electrónica.  Su contenido se encuentra alojado en: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_7309_2023.htm

Novedades Aduaneras: 

El 24 de noviembre la entidad expide el Concepto 21603 (Int.1183) de 2023, Referencia:  Adición al Concepto General Unificado 1465 de diciembre 31 de 2019 sobre Procedimientos Administrativos Aduaneros. El link para consulta es: https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_21603_2023.htm

Normas expedidas durante el mes de diciembre:

  1. El 20 de diciembre la entidad expide la Circular 000006 de 2023      para informar la tarifa del Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas para el año 2024. Enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Circular%20000006%20de%2020-12-2023.pdf

  2. El 4 de diciembre la DIAN emite el Concepto 100208192-1196 de 2023, Referencia Compilación de la Doctrina Oficial sobre el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB (1ª versión).  Podrá consultarlo en: https://www.dian.gov.co/normatividad/Documents/100208192-1196%20-Compilacion-Doctrina-RUB-V1-04122023.pdf 

  3. El 26 de diciembre la doctora María Alexandra Rizo Arango, Directora General (Encargada) de la DIAN expide la Resolución 000202 “Por la cual se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria de competencia de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes de la DIAN.", por el término definido en la citada norma.  El texto completo de la Resolución podrá consultarse en:
    https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000202%20de%2026-12-2023.pdf

  4. El 22 de diciembre el doctor Ricardo Bonilla González, ministro de Hacienda y Crédito Público expide el Decreto 2229 de 2023 “… para establecer los calendarios de plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN a partir del año 2024 y siguientes.".  Este decreto podrá leerse en el siguiente link del Ministerio: https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-235453%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Histórico Datos 2021 a 2023

  • ​Consulte aquí el Histórico Datos de los años 2021 al 2023