Para presentar la declaración de renta del año gravable 2018, en el año 2019, no es necesario desplazarse a los puntos de contacto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, ya que puede cumplir con la obligación a través de la página www.dian.gov.co haciendo uso de los servicios en línea.
Existen dos maneras de realizar la presentación de la declaración: virtual y presencial.
Virtual. Con Firma Electrónica
Usuario Registrado. Si tiene cuenta de usuario habilitada, y como obligado a presentar de manera virtual, el diligenciamiento y presentación de la declaración es a través de los servicios en línea de la DIAN haciendo uso de la Firma Electrónica. Si aún no está registrado, debe habilitar cuenta de usuario por la opción de Usuario Nuevo.
Pago Electrónico
Después de presentar virtualmente la declaración, puede pagar de manera electrónica diligenciando el “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales", desde los servicios en línea de la DIAN, y posteriormente ejecutando el pago de dicho recibo a través del servicio web que suministre la Entidad Autorizada para Recaudar (banco o entidad financiera).
Pago de manera presencial
Si la declaración genera saldo a pagar, diligenciar y generar el formulario 490 “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales", imprimir dos (2) copias y cancelar presencialmente en las Entidades Autorizadas para Recaudar -EAR-
quienes recibirán el pago en efectivo, tarjeta débito, tarjeta de crédito o mediante cheque de gerencia o cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora.
Presencial. Sin Firma Electrónica
Usuario Registrado. Con la cuenta de usuario habilitada y acceso a los formularios, diligenciar la declaración a través de los servicios en línea de la DIAN. Si aún no está registrado, debe habilitar cuenta de usuario por la opción de Usuario Nuevo.
Usuarios no Registrados Diligenciar Formularios. Sin cuenta de usuario habilitada, puede acceder a los formularios para su diligenciamiento a través de la página de la DIAN www.dian.gov.co.
Pago de manera presencial
Si la declaración genera saldo a pagar por concepto del impuesto, sanciones e intereses, si hay lugar a ello, el servicio para el diligenciamiento de declaraciones permite diligenciar la casilla 980. “Pago total" del formulario 210, sin necesidad de generar un recibo por separado, para que se realice el correspondiente pago junto con la presentación de la declaración en la entidad bancaria.
Así mismo, cuando se requiera generar el formulario 490 “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales", diligenciar, imprimir dos (2) copias y presentar al banco junto con la declaración.
Recuerde. El cajero del banco debe entregar una (1) copia del formulario 210 y el recibo de pago 490 debidamente sellados y firmados. Los bancos no recibirán formularios diligenciados a mano, si estos fueron descargados de la página de la DIAN www.dian.gov.co.