La tarifa del impuesto de normalización tributaria incrementa de año en año, dado que cada año de estos que no hace uso de la normalización tributaria teniendo activos omitidos y pasivos inexistentes, usted está dejándolos en la base para liquidar su impuesto de la riqueza.
Esta normalización es sólo tributaria en el sentido que el declarar estos activos omitidos, no implica la legalización de estos, si su origen fuere ilícito o estuvieren relacionados directa o indirectamente con el lavado de activos o la financiación del terrorismo.
Sólo en el año gravable en que se declaren los activos omitidos o los pasivos inexistentes, y en los años siguientes a su declaración, y cuando haya lugar a ello, (ya que una vez normalizados los Activos Omitidos y/o Pasivos Inexistentes, estos pasan a formar parte del patrimonio del contribuyente) se deben tener en cuenta en las declaraciones de renta, cree y riqueza desde el mismo año en que se haga la normalización de estos (enero 1 de 2015, 2016 o 2017).