Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Sabes que es GOV.CO?

¿Sabes que es GOV.CO? Conócelo aquí

 

LÉAME PROGRAMA DE AYUDA RENTA RESIDENTES EXTERIOR

 

¿Qué debo hacer antes de abrir el programa de ayuda?

Abrir el aplicativo Excel y habilitar todas las macros y configurar el ActiveX habilitando todos los controles sin restricciones. Siga las indicaciones en los siguientes enlaces dependiendo la versión de Office que tenga en su ordenador.
Versión Office 2007

Versión Office 2010

 

¿Cómo abro el programa de ayuda?

1. Localice el archivo ProgramaAyudaRenta.xls en la carpeta que eligió para descomprimir.

2. Dé doble clic sobre el nombre del archivo. Esta acción abrirá el programa Microsoft Excel y el archivo del programa de ayuda, una vez allí utilice los botones “Siguiente” y/o “Anterior” para desplazarse por las pantallas de Inicio, Presentación, Documentos Soporte y Uso del programa de ayuda. Lea la información contenida allí para estar seguro de que comprende tanto su responsabilidad al utilizar esta herramienta, los documentos que debe tener a mano para facilitar la elaboración de su declaración de renta y la forma como debe desplazarse a través del programa de ayuda.

3. Una vez que haya leído esta información dé Clic sobre el botón “Ir al formulario” para empezar.

 

¿Cómo guardo el programa de ayuda para su posterior utilización?

Una vez ingrese al programa de ayuda, en el menú “Archivo” elija la opción “Guardar como”.

Cuando el Programa de Ayuda de renta se descargue en una versión de Office 2007 o 2010 se recomienda que el archivo del Programa de Ayuda de Renta, una vez descargado y diligenciado total o parcialmente, se guarde utilizando la opción "Guardar como" Libro de Excel 97-2003.

Se sugiere que guarde sobre el escritorio o en la unidad “C” o “D” la copia sobre la que desea trabajar, con el fin de dejar siempre el original con los datos en ceros para evitar llevar información que afecte los resultados.

Una vez tenga su versión en el escritorio podrá dar inicio a la utilización del mismo.

 

¿Qué debo hacer después de haber utilizado el programa de ayuda?

Abrir el aplicativo Excel y deshabilitar las Macros y de Deshabilitar los controles sin restricciones siguiendo las indicaciones de los enlaces arriba señalados.

Requerimientos técnicos del computador para usar el programa de ayuda


REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS


Cada computador debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:


1. REQUISITOS MÍNIMOS

Hardware: Memoria RAM de 1024 MB (recomendada 2048 MB o superior), Procesador 2 GHz o superior (recomendado Multinúcleo).

Resolución del monitor: Configuración 1024 x 768).

Sistema Operativo: Windows XP SP3, Windows Vista SP2 o Windows 7 SP1

Software Adicional: Acrobat Reader 8.0 o Superior, Flash 11.2 o superior, máquina virtual JAVA 1.6.0 o superior, Microsoft Excel 2007 o superior (para uso del Programa de ayuda)


2. NAVEGADORES SOPORTADOS:

2.1. Internet Explorer:

Versiones 7,8 y 9.

Lenguaje: “Español (colombia)[es-co]” dejar como primera opción.

Configurar con ventanas emergentes permitidas al dominio dian.gov.co

En IE 8 y 9 configurar el modo de compatibilidad para el dominio dian.gov.co


2.2. Firefox:

Versiones: 6.0, 7.0, 8.0, 9.0, 10, 11 y 12**

Idioma: “Español/Colombia [es-co]” dejar como primera opción.

Configurar con ventanas emergentes permitidas al dominio dian.gov.co

** En el evento que la versión de la Máquina Virtual de Java sea menor a 1.6. Update 31, la versión de flash player sea 11.2 o superior y la versión de Firefox sea la 12, requiere habilitar los plugins de java y los de flash player del navegador Firefox a través de la opción herramientas / complementos / plugins.


OBSERVACIONES:

Los Servicios Electrónicos pueden utilizarse desde otros navegadores o versiones diferentes a las soportadas. En el evento de presentarse inconvenientes en la utilización de los mismos, se debe dirigir al Contac Center e informar sobre los detalles del nombre y la versión del navegador que está utilizando así como el error que le está generando para el respectivo soporte.


3. RECOMENDACIÓN:

Tener el computador con las actualizaciones del sistema operativo al día (Windows update).

3.1. Impresora: Para imprimir los formularios se recomienda una impresora láser con resolución mínima de 600 x 600 dpi, de ninguna manera se debe utilizar una impresora de matriz de puntos.

3.2. Insumos: Para la impresión de los formularios utilice papel de 75 gramos, (papel de fotocopia).

 

4. CONECTIVIDAD:

Las personas naturales y/o jurídicas, deben contar con conexión a internet con ancho de banda mínimo de 2 Megas (Mbps).

Las personas jurídicas que presentan información a través del servicio de Presentación de Información por Envío de Archivos (información exógena), deben disponer de una conexión preferiblemente dedicada, con un ancho de banda entre 4 Megas (Mbps) y 10 Megas (Mbps), dependiendo del volumen de tráfico y de la cantidad de equipos que se conecten a internet.

La DIAN ha firmado convenios con varias empresas del sector de Telecomunicaciones, con el propósito de establecer extranet (canales dedicados) y ofrecer mejores opciones de conexión a sus servicios. Las empresas con las cuales se tiene convenio actualmente son: ETB, LEVEL 3 y TELMEX.

Tanto las Personas Naturales como Jurídicas pueden optar por contratar su conexión a internet con estas Empresas o con otro proveedor de Telecomunicaciones que satisfaga sus necesidades de comunicación. Cada computador debe cumplir con los siguientes requisitos:

Procedimiento para descomprimir el programa de ayuda


1. Dé doble clic sobre:

Descargar programa de ayuda

2. Cuando le aparezca la ventana “Descarga de archivos” y la pregunta ¿Desea abrir el archivo o guardarlo en su equipo? Puede:

  • Oprimir botón Abrir: aparece el archivo del programa de ayuda renta en Excel. Selecciónelo con el ratón y páselo al escritorio.
  • Oprimir el botón Guardar, seleccione una carpeta donde desee guardar el archivo y oprima guardar.


Esta acción localizará en el disco duro de su computador el archivo: ProgramaAyudaRenta.xls.

 

Ultima actualización: 03/01/2014