Si la persona no se encuentra catalogada en alguna de las categorías
anteriores. También a esta categoría los notarios, las sucesiones
ilíquidas, las donaciones o asignaciones modales, los pensionados
(siempre y cuando sus ingresos sean exclusivamente por pensiones),
servidores públicos diplomáticos, cónsules o administrativos del
ministerio de relaciones exteriores.
Adicionalmente las personas naturales clasificadas dentro de la
categoría de trabajadores por cuenta propia cuyos ingresos sean
superiores a 27.000 UVT ($724.707.000), pertenecerán a esta categoría.