IMAS

 

¿En qué consiste el IMAS para empleados?

Es un sistema VOLUNTARIO de determinación simplificada del impuesto sobre la renta y complementarios. Lo pueden aplicar los empleados cuya renta gravable alternativa en el año sea inferior a 4.700 UVT ($129.180.000 año gravable 2014). A partir del año gravable de 2015 se disminuye el monto de ingresos brutos para acceder al IMAS de 4.700 a 2.800 UVT y poseer un patrimonio líquido para el año gravable a declarar, inferior a 12.000 UVT No le aplican los factores de determinación del impuesto por el sistema ordinario. En su lugar, grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de los ingresos brutos (salvo la ganancia ocasional) de cualquier origen obtenidos en el respectivo periodo gravable, únicamente los conceptos autorizados en el art. 332 E.T. Los empleados que puedan optar por este sistema de determinación de su renta, NO están obligados a determinar su impuesto de renta por el sistema ordinario, ni por el IMAN. El término de firmeza para estas declaraciones es de seis meses a partir de su presentación, siempre y cuando cumpla con los requisitos de:

  • Presentación oportuna y en debida forma
  • Pago dentro de los plazos señalados por el Gobierno Nacional.
  • La administración no tenga prueba sumatoria sobre la ocurrencia de fraude.

El impuesto es el determinado en la tabla del art. 334 E.T. Los vencimientos inician el 11 de agosto de acuerdo con los 2 últimos dígitos de su NIT.

 

 

¿Cómo se determina la base gravable para el IMAS - Empleados?

 

 

¿En qué consiste el IMAS para trabajadores por cuenta propia?

Es un sistema VOLUNTARIO de determinación simplificada del impuesto sobre la renta y complementarios. Lo pueden aplicar los trabajadores por cuenta propia que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que su renta gravable alternativa del año, resulte superior al rango mínimo determinado para cada actividad (ver tabla del art.340 del E.T.) e inferior a 27.000 UVT ($742.095.000 anuales 2014).
  • Que su patrimonio Líquido declarado en el período gravable anterior sea inferior a 12.000 UVT ($322.092.000 año 2013).

No le aplican los factores de determinación del impuesto por el sistema ordinario. En su lugar grava la renta resultante de disminuir de la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios (salvo las ganancias ocasionales) obtenidos en el respectivo período gravable, las devoluciones rebajas y descuentos y los demás conceptos autorizados en el art. 339. (Ver: ¿Cómo determino la base gravable del IMAS para trabajadores por cuenta propia?). Los trabajadores por cuenta propia que puedan optar por este sistema de determinación de su renta, NO están obligados a determinar su impuesto de renta por el sistema ordinario. El término de firmeza para estas declaraciones es de seis meses a partir de su presentación, siempre y cuando cumpla con los requisitos de:

  • Presentación oportuna y en debida forma
  • Pago dentro de los plazos señalados por el Gobierno Nacional.
  • La administración no tenga prueba sumatoria sobre la ocurrencia de fraude.

Los trabajadores no obligados a llevar contabilidad deberán manejar un sistema de registros en la forma que establezca la DIAN. Su incumplimiento dará lugar a las sanciones del art. 655 E.T. El impuesto es el determinado en la tabla del art. 340 E.T.

 

 

¿Cómo se determina la base gravable para el IMAS - Trabajadores por Cuenta propia?